El exfutbolista Gerard Piqué  en una imagen reciente.

El exfutbolista Gerard Piqué en una imagen reciente. Europa Press

Empresas

La CNMV multa a Gerard Piqué y José Elías con 300.000 euros por información privilegiada

El supervisor detalla beneficios obtenidos tras la compra y venta de acciones en enero de 2021.

Más información: Alantra prevé que la Ezentis de José Elías multiplique por cinco sus ingresos en tres años

L. Broche
Agencias
Publicada
Actualizada
Las claves

Las claves

La CNMV ha multado a Gerard Piqué con 200.000 euros y a José Elías con 100.000 euros por uso de información privilegiada.

La sanción se debe a la comunicación ilícita de información sobre la oferta de Atrys Health para adquirir Aspy Global Services.

Piqué compró 104.166 acciones de Aspy Global Services en enero de 2021 tras recibir información privilegiada y obtuvo beneficio económico con su venta una semana después.

Las sanciones han sido publicadas en el BOE y pueden ser recurridas ante la Audiencia Nacional.

La CNMV ha multado con 100.000 euros a Francisco José Elías Navarro, y con otros 200.000 euros a Gerard Piqué Bernabéu por información privilegiada relativa al inicio de conversaciones sobre la oferta de Atrys Health, para adquirir Aspy Global Services.

En una resolución del 22 de abril de 2026 de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) este lunes, la Comisión decide imponer a Francisco José Elías Navarro la citada sanción de 100.000 euros por la comisión de una infracción muy grave.

Y ello, ante la comunicación ilícita a Gerard Piqué Bernabéu, de información privilegiada relativa al inicio de conversaciones sobre la oferta de Atrys Health para adquirir Aspy Global Services.

Asimismo, impone a Gerard Piqué Bernabéu otra multa de 200.000 euros por la comisión de una infracción muy grave, por adquirir 104.166 acciones de Aspy Global Services, el 20 de enero de 2021, estando en posesión de información privilegiada recibida de Elías Navarro.

Como consecuencia de ello, "obtuvo un beneficio económico con la venta de dichas acciones el día 27 de enero de 2021".

José Elías, empresario.

José Elías, empresario. E.E.

La resolución que impone las sanciones antes citadas, únicamente ha devenido firme en vía administrativa, siendo susceptible de revisión jurisdiccional por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, concluye la CNMV.