GLOVO
Bruselas multa con 330 millones a Glovo y Delivery Hero por formar un cártel ilegal antes de su fusión
Las compañías alcanzaron un acuerdo para repartirse mercados, compartir información sensible sobre precios y no robarse directivos ni trabajadores.
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La Comisión de Ursula von der Leyen ha impuesto este lunes una multa de 329 millones de euros contra la alemana Delivery Hero y la española Glovo, dos de las mayores plataformas de envío de comida a domicilio de Europa.
Bruselas ha constatado que las dos compañías, antes de fusionarse en 2022, formaron un cártel ilegal durante cuatro años para repartirse el mercado, compartir información sobre precios y no robarse directivos ni trabajadores.
"Este caso es importante porque estas prácticas se facilitaron mediante un uso anticompetitivo de la participación minoritaria que Delivery Hero tenía en Glovo", ha dicho la vicepresidenta primera de la Comisión y responsable de Competencia, Teresa Ribera.
"También es la primera vez que la Comisión sanciona un acuerdo de no captación de talento, en el que las empresas dejan de competir por el mejor talento y reducen las oportunidades para los trabajadores", ha señalado Ribera.
En julio de 2018, Delivery Hero compró una participación minoritaria sin control en Glovo y la incrementó progresivamente mediante inversiones posteriores. En julio de 2022, Delivery Hero adquirió el control exclusivo de Glovo.
El desglose de las multas impuestas a cada compañía es el siguiente: a Delivery Hero le corresponde una penalización de 223 millones de euros, mientras que Glovo tendrá que pagar 105 millones de euros.
En el caso de la empresa española, la sanción alcanza el máximo del 10% de su volumen de negocios previsto en la legislación comunitaria, según han informado fuentes comunitarias.
Ambas plataformas se han beneficiado de un 10% de descuento al cerrar un acuerdo de conformidad con Bruselas, lo que significa que ya no podrán recurrir al Tribunal de Justicia de Luxemburgo (TJUE).
El Ejecutivo comunitario ha explicado que no se trata tanto de un cártel de la vieja escuela (aunque también hubo algunas reuniones de directivos delante del fuego de un chalet en Suiza), sino un acuerdo ilegal de nueva generación.
En este sentido, la mayor parte de las negociaciones se llevaron a cabo mediante correos electrónicos y largas conversaciones de WhatsApp en las que se discutían en profundidad todos los acuerdos.
La Comisión ha constatado que, desde julio de 2018 hasta julio de 2022, Delivery Hero y Glovo "eliminaron progresivamente las restricciones competitivas entre ambas empresas y sustituyeron la competencia por una coordinación anticompetitiva multidimensional".
En particular, ambas empresas acordaron no robarse directivos ni trabajadores, una limitación que además se incluyó explícitamente (aunque de forma más limitada) en el acuerdo de accionistas firmado en el momento en que Delivery Hero adquirió su participación minoritaria en Glovo.
En segundo lugar, Delivery Hero y Glovo intercambiaban información comercialmente sensible, por ejemplo, sobre estrategias comerciales, precios, capacidad, costes y características de los productos. Eso permitió a las empresas coordinar e influir en sus respectivas prácticas de mercado.
Finalmente, las dos compañías pactaron repartirse los mercados nacionales de reparto de comida online en el espacio económico europeo, eliminando todos los solapamientos geográficos existentes, evitando la entrada en sus respectivos mercados nacionales y coordinando cuál de ellas debía entrar en mercados donde ninguna de ellas estaba presente aún.
Todas estas prácticas se vieron facilitadas por la participación minoritaria de Delivery Hero en Glovo. Poseer una participación en un competidor no es ilegal en sí mismo, pero en este caso específico permitió contactos anticompetitivos entre las dos empresas rivales a varios niveles, según Bruselas.
La participación minoritaria también permitió a Delivery Hero acceder a información comercial sensible e influir en los procesos de toma de decisiones de Glovo y, en última instancia, alinear las respectivas estrategias comerciales de ambas empresas.
"Esto demuestra que la propiedad cruzada horizontal entre competidores puede generar riesgos antimonopolio y debe gestionarse con cautela", sostiene la Comisión.