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El TJUE considera ilegales las "tarifas cero" que privilegian a determinadas apps

El fallo consagra el principio de neutralidad de la red, que obliga a los operadores a garantizar un trato equitativo y no discriminatorio del tráfico.

15 septiembre, 2020 16:24
Bruselas

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declarado este martes ilegales las "tarifas cero" de internet, es decir, las ofertas que permiten a los clientes utilizar determinadas aplicaciones sin restricción de volumen de datos, mientras que aplican medidas de bloqueo o ralentización del tráfico al resto de apps y servicios.

El fallo sostiene que este tipo de prácticas vulneraran la "neutralidad de internet" consagrada en la legislación de la UE y cuyo objetivo es salvaguardar el acceso abierto a la red. Este principio obliga a los operadores a tratar todo el tráfico de manera equitativa y sin discriminación, restricción o interferencia, independimientemente de cuáles sean las aplicaciones o servicios utilizados. Es la primera vez que el TJUE interpreta este principio, que se introdujo en las normas comunitarias en 2015.

La sentencia se refiere a las prácticas comerciales del grupo noruego Telenor en Hungría. Allí, la compañía ofrece a sus clientes dos paquetes denominados MyChat y MyMusic. MyChat incluye un volumen de datos de 1 GB y acceso libre a Facebook, Facebook Messenger, Instagram, Twitter, Viber y WhatsApp, a los que se aplica una "tarifa cero". Cuando se agota el volumen de datos, los abonados pueden seguir usando sin restricciones estas seis apps, mientras que las demás quedan sujetas a medidas de ralentización del tráfico.

MyMusic funciona de forma similar con cuatro aplicaciones de transmisión de música (Apple Music, Deezer, Spotify y Tidal). Cuando los clientes agotan el volumen de datos previsto en su contrato, pueden seguir utilizando estas apps sin restricciones, mientras que al resto se aplican medidas de bloqueo o ralentización del tráfico.

Derechos de los usuarios

La Oficina de Medios y  Comunicaciones de Hungría dictaminó que estos paquetes aplicaban medidas de gestión del tráfico contrarias a las exigencias de trato equitativo y no discriminatorio que impone la legislación de la UE y ordenó a Telenor que les pusiera fin. La compañía recurrió esta decisión ante la justicia húngara, que es la que ha decidido preguntar sobre el tema al TJUE.

En su sentencia de este martes, el TJUE declara que este tipo de paquetes son ilegales porque limitan el ejercicio de los derechos de los usuarios. El motivo es que las ofertas de este tipo potencian la utilización de las aplicaciones y los servicios privilegiados y reducen correlativamente la utilización de los demás servicios disponibles.

"Además, cuanto mayor es el número de clientes que celebra dichos acuerdos, mayor es la posibilidad de que la incidencia acumulada de esos acuerdos, habida cuenta de su magnitud, provoque una limitación importante del ejercicio de los derechos de los usuarios finales, o incluso menoscabe aspectos esenciales de estos derechos", subraya el fallo.

El TJUE resalta que la legislación de la UE sí permite a los proveedores de internet "aplicar medidas razonables de gestión del tráfico". No obstante, apunta a que estas medidas deben basarse en requisitos técnicos en materia de calidad del servicio y no en consideraciones comerciales. Sin embargo, las "tarifas cero" se basan en "consideraciones de índole comercial" y por tanto vulneran el principio de neutralidad de la red.