Empresas

Bankinter, Bankia y Sabadell serán los más afectados por el fallo sobre hipotecas, según Mirabaud Securities

Las entidades más afectadas por la reciente sentencia del Tribunal Supremo que atribuye a los bancos el abono de impuestos hipotecarios serán Bankinter, Bankia y Sabadell, según el analista de Mirabaud Securities en España Gonzalo López Eguiguren.

18 octubre, 2018 15:29

El analista explica que no todas las entidades financieras se encuentran en la misma posición, ya que el impacto dependerá del tamaño medio de la hipoteca y la distribución geográfica de los clientes.

En concreto, señala que iniciar un proceso judicial o de reclamación podría suponer una barrera en el caso de hipotecas de tamaño reducido. En este sentido, son Bankinter, Bankia y Sabadell las entidades con hipotecas medias de importes elevados, por lo que podrían tener más riesgo que otras como Unicaja o Liberbank, cuyas hipotecas medias apenas superan los 60.000 euros.

Asimismo, la mayoría de las reclamaciones presentadas al Banco de España se concentran en cuatro comunidades: Andalucía, Madrid, Cataluña y Comunidad Valenciana. Si bien el 75% de las hipotecas de Liberbank se sitúan fuera de estas regiones, es en ellas donde entidades como Unicaja y Bankinter concentran el 65% de las suyas.

Además, el analista ha apuntado que el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados se calcula aplicando un porcentaje a la responsabilidad hipotecaria que varía entre el 0,5% y 1,5% en función de la comunidad autónoma. Así, para una hipoteca de 100.000 euros, el importe del impuesto podría ir desde los 2.470 euros a los 3.800 euros.

En este contexto, desde Mirabaud Securities estiman que, en un escenario en el que los bancos tengan que hacer frente a dicho impuesto y al resto de gastos de formalización de las hipotecas actuales en vigor, las entidades más impactadas serán Bankinter Bankia y Sabadell, mientras que en el lado opuesto se encontrarán Liberbank y Unicaja.

El Tribunal Supremo ha determinado este jueves que son las entidades bancarias las que deben abonar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados en las escrituras públicas de préstamo con garantía hipotecaria y no los clientes, al considerar que el negocio inscribible es la hipoteca y que el único interesado en la elevación a escritura pública y la ulterior inscripción de aquellos negocios es el prestamista, que solo mediante dicha inscripción puede ejercitar la acción "ejecutiva y privilegiada" que deriva la hipoteca.