
Imagen del centro de Madrid, en pleno apagón.
Cómo reclamar si se han sufrido daños o perjuicios por el apagón: tener en cuenta las causas y revisar las pólizas
Los pasajeros de aerolíneas afectados no tienen derecho a compensación económica pero sí a asistencia como comida, bebida y alojamiento, según Facua.
Más información: Siete CCAA del PP y una del PSOE piden "el nivel 3 por emergencia de interés nacional y la activación del Ejército"
El apagón masivo que ha sufrido la Península ha afectado a millones de ciudadanos y de empresas, que se han quedado durante varias horas sin suministro eléctrico. Esto ha provocado numerosos daños y perjuicios que los ciudadanos podrían reclamar... pero sólo en determinadas circunstancias.
"Hay que evaluar a quién reclamar los daños que se puedan sufrir", explica Rubén Sánchez, secretario general y portavoz de Facua.
"Las distribuidoras eléctricas podrían estar exentas de responsabilidad si el apagón se ha originado por una causa imprevisible e inevitable". Es decir, por una "razón totalmente ajena" a estas empresas.
Seguros
"Tenemos que revisar nuestros contratos de seguros", añade Sánchez. Los consumidores deben echar un vistazo en profundidad a qué cubren sus seguros de hogar si sufren algún percance en sus casas.
A los empresarios les corresponde comprobar sus pólizas y si estas cubren los daños causados por un apagón eléctrico, tenga la entidad que tenga.
Uno de los colectivos más afectados es el de los pasajeros, en particular los de aerolíneas, cuyos aviones no han podido despegar o han sufrido retrasos por la falta de suministro eléctrico.
En este caso, Sánchez avisa de que "los pasajeros no tienen derecho a la compensación" económica "que establece la normativa comunitaria" en determinadas situaciones.
Sin embargo, los pasajeros afectados sí tienen "derecho de asistencia". Es decir, a que las aerolíneas les faciliten comida y bebida durante la espera. Y también alojamiento "si están en una ciudad que no es la suya".