Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo.

Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo. Eduardo Parra / Europa Press.

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Díaz obligará a las empresas de cuidados a domicilio a evaluar los riesgos laborales de las casas donde vayan sus trabajadoras

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Las claves

El Ministerio de Trabajo prepara un real decreto que obligará a las empresas de cuidados a domicilio a evaluar presencialmente los riesgos laborales en los hogares donde trabajan sus empleadas.

La nueva normativa busca proteger eficazmente la seguridad y salud de las trabajadoras de ayuda a domicilio, aplicando la normativa preventiva general en estos espacios privados.

El decreto surge tras una sentencia del Tribunal Supremo que anuló una disposición anterior por falta de justificación técnica y económica, y busca clarificar el consentimiento del titular del domicilio para modificaciones.

Las acciones iniciadas por el Ministerio de Trabajo para mejorar las acciones de prevención y seguridad en el ámbito laboral no se limitan a la reforma de la norma matriz que ahora mismo se está tratando en el Diálogo Social. El departamento de Yolanda Díaz también ha puesto el foco en ámbitos específicos, como el de las cuidadoras o servicios de ayuda a domicilio, especialmente relacionados con las situaciones de dependencia.

El departamento está desarrollando un real decreto que asegure que las empresas de cuidados a domicilio evalúen, presencialmente, los riesgos laborales a los que se tienen que enfrentar diariamente sus trabajadoras en los hogares en los que estén.

Así lo indica el Ministerio de Trabajo en la documentación que ha puesto en consulta pública."Las personas trabajadoras de los servicios de ayuda a domicilio tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud, siéndoles de aplicación íntegra la normativa preventiva general", recoge.

"No obstante, las especiales características de los servicios de ayuda a domicilio requieren un desarrollo que clarifique el modo en que debe llevarse a cabo la acción preventiva", añade el texto.

Pese a ser un espacio privado, "el domicilio, como medio físico donde se desarrollan las tareas, resulta una condición de trabajo". Algo que "no sólo no excepciona o atenúa la evaluación de riesgos, sino que, al contrario, influye de manera significativa en ella".

Específicamente, "es necesario que se atienda la necesidad de asegurar que se llevan a cabo visitas presenciales a los domicilios donde se presta la actividad a efectos de que se produzca la adecuada evaluación de riesgos laborales", concreta el departamento.

Por otra parte, "también resulta necesario clarificar el papel del consentimiento de la persona titular del domicilio en aquellas situaciones en las que, como consecuencia de la evaluación, deban adoptarse modificaciones en este".

Sentencia

El origen de este decreto está en una sentencia del Tribunal Supremo de finales de septiembre, y a la que ha tenido acceso este periódico. Hace dos meses, resolvió favorablemente un recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación Estatal de Entidades de Servicios de Atención a Domicilio (ASADE) contra el Real Decreto que extendía la obligación de evaluar los riesgos en el hogar a las compañías que ofrecen servicios de cuidado a personas dependientes.

El Supremo anuló la disposición final primera de la norma "por ser contraria a derecho”, algo que celebraron las empresas.

El recurso de la patronal se basó en “la ausencia de justificación técnica y económica, el trato desigual en el cumplimiento normativo, la falta de plazos claros de aplicación, y la ausencia de mecanismos para actuar en casos en que el titular del domicilio no consintiera las modificaciones exigidas”.

Vacíos que con un nuevo real decreto quiere llenar Trabajo, incluyendo una evaluación presencial de los riesgos laborales en los domicilios donde trabajan las cuidadoras.