Economía

La Generalitat envía notificaciones a los morosos de más de 1 millón de euros

14 enero, 2020 18:22

Barcelona, 14 ene (EFECOM).- La Agencia Tributaria de Cataluña (ATC) ha empezado a enviar notificaciones a quienes tengan deudas o sanciones pendientes de pago por importe superior al millón de euros.

Fuentes del departamento de Economía han explicado a Efe que se trata de un "primer aviso" para que esos contribuyentes sean conscientes de que, si no regularizan la situación, pueden acabar apareciendo en el primer listado de deudores tributarios elaborado por la ATC, que se hará público entre el 1 de mayo y el 30 de junio.

Ese listado incluirá a morosos con deudas y sanciones pendientes de pago hasta el 31 de diciembre de 2019, y está formado por contribuyentes que adeudan más de un millón de euros por impuestos que gestiona la ATC, como Sucesiones, Transmisiones Patrimoniales y Patrimonio, principalmente.

Esos primeros avisos se hicieron llegar a los afectados a finales de 2019, en torno a noviembre y diciembre, y tras ese primer aviso, en caso de que la situación permanezca igual, la ATC remitirá en los próximos meses una notificación de carácter oficial, que dará al afectado diez días para hacer alegaciones antes de ver su nombre publicado en este listado.

En junio pasado, el vicepresidente del Govern y conseller de Economía, Pere Aragonès, anunció que por primera vez se publicaría en Cataluña un listado de deudores tributarios que incluiría a los morosos con deudas o sanciones pendientes por un importe superior al millón de euros, una medida incluida en el nuevo plan de prevención y reducción del fraude fiscal del Govern para el período 2019-2022.

De esta forma, la Generalitat seguía el ejemplo de la Agencia Tributaria, que cada año publica una lista de morosos.

El pasado 3 de octubre se publicó en el Diario Oficial de la Generalitat la orden que regula la publicación de esta lista de deudores tributarios, que precisa que la lista incluirá el nombre, apellidos y NIF de cada 'moroso', y que en el caso de personas jurídicas se dará a conocer la denominación social completa y el NIF.

En todos los casos se divulgará "el importe total de las deudas y sanciones pendientes de pago", sin desglosar, y esa orden ya aclaraba que se comunicaría a los deudores su propuesta de inclusión a la lista con diez días de margen para que pudiera hacer las correspondientes alegaciones.

Las deudas computables para este caso son aquellas superiores al millón de euros, que no hayan sido pagadas una vez transcurrido el período de pago voluntario y que no hayan sido suspendidas o aplazadas.