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Economía

La CNMV recomienda a las fundaciones contar con asesores externos para grandes inversiones

  • El código de conducta para entidades sin ánimo de lucro sigue siendo voluntario
  • El organismo aconseja evitar inversiones apalancadas y de corto plazo
5 marzo, 2019 09:50

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La CNMV ha actualizado el Código de Conducta relativo a las inversiones de las entidades sin ánimo de lucro, que contiene las reglas específicas a las que deben ajustarse las inversiones financieras temporales que hagan estas entidades, las fundaciones y las asociaciones.

Según la actualización del citado código, publicada este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) recomienda a estas entidades contar con asesoramiento externo en el caso de carteras de volumen significativo.

En este supuesto, también recomienda que estas entidades cuenten con un comité de inversiones y una función de control interno.

Además, se incluye una nueva definición del concepto “inversiones financieras temporales”, que comprende "todas las inversiones en instrumentos financieros salvo las afectadas por restricciones contractuales o legales a la libre transmisibilidad y las efectuadas por fundadores o aportantes con vocación de permanencia".

En el código también se establece la conveniencia de que estas entidades definan una política de inversión, y menciona, como principios esenciales a seguir, de los de coherencia, diversificación y preservación del capital (como principio no realizar operaciones apalancadas o dirigidas exclusivamente a la obtención de ganancias a corto plazo).

El nuevo código mantiene la filosofía del anterior según la CNMV, ya que es de carácter voluntario, contiene principios o recomendaciones de carácter muy general, y prevé un informe público anual que debe ser “detallado y claro”, y debe especificar las operaciones que se hayan separado de los principios y recomendaciones del código.

El informe anual debe publicarse en la página web, según la CNMV que recomienda que, en todo caso, el nuevo código sea el que se tome como referencia para los informes anuales de 2019 (sin perjuicio de que pueda también utilizarse en los informes de 2018).