Bruselas multa a Melià por discriminar entre clientes en función de su residencia

Bruselas multa a Melià por discriminar entre clientes en función de su residencia

Invertia

Bruselas multa con 6,7 millones a Meliá por discriminar entre clientes

El importe de la sanción se ha reducido en un 30% por la colaboración de la cadena hotelera con el Ejecutivo comunitario.

21 febrero, 2020 11:54
Bruselas

Noticias relacionadas

La Comisión Europea ha impuesto este viernes una multa de 6,7 millones de euros al grupo hotelero español Meliá por incluir en sus contratos con los operadores turísticos cláusulas restrictivas que discriminaban entre los clientes europeos en función de su nacionalidad o su país de residencia. Esta práctica -que se produjo durante 2014 y 2015- vulnera las reglas de la UE en materia de defensa de la competencia.

Meliá se ha beneficiado no obstante de una rebaja del 30% en el importe de la multa que realmente le correspondería porque ha cooperado con el Ejecutivo comunitario más allá de su obligación legal de hacerlo, ha reconocido expresamente los hechos y las infracciones y ha facilitado pruebas. Bruselas absuelve a los cuatro grandes operadores turísticos implicados en este caso: Kuoni, REWE, Thomas Cook y TUI.

"Meliá impidió a los operadores turísticos ofrecer libremente alojamientos hoteleros en todos los lugares de Europa. Como consecuencia, los consumidores accedieron a ofertas distintas y precios distintos en función de su nacionalidad. Esta práctica es ilegal con arreglo a las normas de defensa de la competencia. Los consumidores deben tener la posibilidad de hacer un uso pleno del mercado único y de acceder a las mejores ofertas", ha denunciado la vicepresidenta de la Comisión responsable de Competencia, Margrethe Vestager.

El expediente de Bruselas contra Meliá se inició en febrero de 2017 a raíz de varias quejas presentadas por consumidores. La investigación ha demostrado que la cadena hotelera había suscrito contratos con operadores turísticos que limitaban las ventas activas y pasivas de alojamientos hoteleros.

Más concretamente, las condiciones generales de los contratos de Meliá con los operadores turísticos contenían una cláusula con arreglo a la cual los contratos eran válidos únicamente para reservas de clientes residentes en ciertos países concretos.

Según la Comisión, estos acuerdos segmentaron el mercado único europeo al restringir la libertad de los operadores turísticos de comercializar alojamientos hoteleros en todos los países de la UE y de responder a solicitudes directas de clientes que no residían en los países especificados.

El resultado es que los consumidores no podían visualizar todos los alojamientos disponibles o reservar habitaciones a los mejores precios con operadores turísticos de otros Estados miembros. 

Bruselas ha llegado a la conclusión de que las prácticas ilegales de Meliá privaron a los consumidores europeos de uno de los beneficios fundamentales del mercado único: la posibilidad de disfrutar de una gama más amplia de opciones y acceder a mejores condiciones en sus compras.