El magistrado de la Sala Penal del Supremo Pablo Llarena, instructor de la causa sobre el 'procés', ha activado este lunes una nueva euroorden contra el expresidente catalán Carles Puigdemont, prófugo de la Justicia desde el 30 de octubre de 2017, cuando huyó de España.También se ha relanzado una orden internacional de detención con fines de extradición contra él.

Llarena vuelve a intentar con ese mecanismo la detención de Puigdemont y su entrega a España con el fin de que pueda ser juzgado por los hechos por los que fue procesado el 21 de marzo de 2018 y que la Sala Penal del Supremo ha considerado constitutivos de delitos de sedición y malversación en la sentencia que condena al vicepresidente, Oriol Junqueras, y tres exconsejeros del Gobierno que encabezó el prófugo.

El magistrado ha adoptado esta iniciativa inmediatamente después de conocer esa sentencia, aunque la Fiscalía del Supremo ya le había solicitado el pasado jueves la activación de la euroorden y la emisión de una orden internacional de detención en previsión del fallo condenatorio. Ese mismo día, Llarena abrió una pieza secreta para tramitar con la mayor reserva las peticiones del Ministerio Público, según ha podido saber EL ESPAÑOL. Por orden del Gobierno de Pedro Sánchez, la Abogacía del Estado también ha dirigido al instructor una petición en el mismo sentido.

La nueva euroorden -la tercera que emite la Justicia española contra el expresidente catalán- se basa en el auto de procesamiento aunque ha sido actualizada a la vista de los hechos declarados probados por la Sala Penal.

Se han suprimido, así, las menciones al uso de la violencia como medio para conseguir la independencia unilateral de Cataluña y ya no se contempla el cargo de rebelión, aunque las dos anteriores euroórdenes también incluyeron como calificación el delito de sedición, que es el finalmente acogido por la Sala que ha juzgado el 'procés'. Los cargos indiciariamente atribuidos al expresidente catalán son sedición y malversación.

La primera euroorden fue cursada el 3 de noviembre de 2017 por la entonces jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela, pero Llarena la retiró en diciembre, poco después de asumir la instrucción de la causa, por el temor de que Bélgica cercenara los cargos y no entregara al encausado por rebelión.

Eso fue precisamente lo que ocurrió con la segunda euroorden, emitida tras la detención de Carles Puigdemont en Alemania cuando regresaba en coche a Bélgica el 25 de marzo de 2018. La detención respondió a la segunda eurorden, emitida por Llarena el día 23 anterior.

A Bélgica le bastaron dos meses para que el Tribunal de Primera Instancia de lengua neerlandesa de Bruselas rechazara y declarara sin efecto esa euroorden. Por su parte, el Tribunal Regional Superior de Schleswig-Holstein (Alemania) aceptó el 12 de julio de 2018 entregar a Puigdemont para que fuera juzgado por una presunta malversación de fondos públicos, pero no por rebelión o sedición.

En una resolución dictada el 19 de julio de 2018, Llarena se negó a aceptar la entrega por uno solo de los cargos -y no el más relevante- y destacó “la falta de compromiso” del tribunal alemán con unos hechos que habían quebrantado el orden constitucional español.

También criticó que los jueces alemanes hubieran anticipado un enjuiciamiento para el cual no tenían cobertura normativa, sin sujetarse ni a los preceptos de la Decisión Marco sobre la Orden de Detención Europea ni a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Sin suspensión para cargos políticos

Tras el fiasco alemán, Llarena dejó sin efecto las órdenes europea e internacional de detención del expresidente catalán, que sigue residiendo en Bélgica aunque ha realizado desplazamientos a países como Suiza, Holanda y Reino Unido. No se ha atrevido a pisar Estrasburgo (Francia), donde el 2 de julio se constituyó el Parlamento Europeo para una nueva legislatura.

Puigdemont fue elegido eurodiputado, si bien no ha adquirido la condición parlamentaria al no haber venido a España a acatar la Constitución. Si lo hiciera, sería inmediatamente detenido, dado que Llarena siempre ha mantenido vigente la orden nacional de arresto.

La sentencia conocida este lunes, sin embargo, modifica la situación de Puigdemont en cuanto a sus derechos políticos. El magistrado del Supremo acordó el 10 de julio de 2018 su suspensión como miembro del Parlamento catalán en aplicación del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Este precepto establece la suspensión en el ejercicio de cargos públicos de aquellos procesados por rebelión contra quienes se haya acordado la prisión preventiva. En aquel momento era el caso de Puigdemont, pero el hecho de que la Sala Penal haya descartado la condena por rebelión hace decaer la suspensión impuesta al expresident para ejercer cargos públicos.

Llarena ha levantado, por tanto, la aplicación del artículo 384 bis, lo que significa que Puigdemont podrá volver a cobrar la asignación económica que le corresponda como miembro del Parlament.

No obstante, sigue vigente la orden de detención para el caso de que regrese a España con la pretensión de ejercer las funciones de diputado catalán o de tomar posesión como eurodiputado.