Santiago Abascal, presidente de Vox, y Macarena Olona, candidata a la Junta de Andalucía, en la Maestranza durante la Feria de Abril.

Santiago Abascal, presidente de Vox, y Macarena Olona, candidata a la Junta de Andalucía, en la Maestranza durante la Feria de Abril. Efe

Andalucía

Una coalición de izquierda andaluza impugna la candidatura de Olona por su empadronamiento

El asunto se ha colado en el Congreso de los Diputados. Olona dice que la polémica "raya el absurdo".

18 mayo, 2022 18:49

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La coalición de izquierdas Andaluces Levantaos ha registrado este miércoles formalmente ante la Junta Electoral de Granada un recurso contra la candidatura de candidata de Vox y diputada por la provincia, Macarena Olona, a los comicios autonómicos del 19 de junio.

El recurso ha sido formulado en relación con su empadronamiento el pasado mes de noviembre en la localidad granadina de Salobreña, concretamente en la vivienda del presidente de Vox en la provincia, Manuel Martín.

Desde la coalición creen que Olona "ha incumplido el requisito de vecindad" en Andalucía y que su empadronamiento es "ficticio" al no vivir de habitualmente en el citado municipio, ha informado la confluencia en un comunicado.

El mismo día que saltó la noticia, la alcaldesa de Salobreña (Granada), la socialista María Eugenia Rufino, salió en defensa de la legalidad del trámite. "Se ha seguido el procedimiento establecido por ley y no se ha producido ninguna irregularidad".

Fuentes jurídicas consultadas por EL ESPAÑOL, aseguran que hoy día para empadronarse basta con que el propietario de una vivienda la ceda y firme su autorización

Este mismo miércoles la propia Olona ha asegurado en el pleno del Congreso que su actuación ha sido "absolutamente legal" y la polémica "raya el absurdo". Lo ha hecho en una interpelación con el ministro de Presidencia, Félix Bolaños, quien ha insistido en que su candidatura "incumple la ley".

La situación es denunciable

Sin embargo, las citadas fuentes jurídicas aseguran que la situación es denunciable y se puede iniciar un procedimiento sancionador administrativo si se comprueba que la persona empadronada no reside la mayor parte del tiempo en la localidad.

Según reza en el artículo 15 de la Ley de Bases de Régimen Local, toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año.

El candidato de Andaluces Levantaos a la Junta, Modesto González, ha explicado las bases del documento ante las puertas de la Junta Electoral de Granada, donde se ha interpuesto el recurso.

El recurso impulsado por Andaluces Levantaos sostiene que la inscripción en el censo electoral es "un trámite necesario pero no por ello suficiente". Además, cree que lo esencial no es el cumplimiento de la formalidad, sino "la realidad material de que se está en el domicilio habitual de esa persona".

"Inscribirse en el censo, pero no ser en realidad vecino o vecina, nos llevaría a una ficción y a un fraude de ley", ha insistido Modesto González.

Por todo ello, creen que Olona habría cumplido el requisito formal de solicitar la inscripción en el censo de Salobreña "al no cumplir el requisito material de vivir habitualmente en el citado municipio".

Según remarcan desde Andaluces Levantaos, ese dato lo proporciona el dueño de la vivienda en la que se ha empadronado. Afirmó en una entrevista radiofónica que estaría "mintiendo si dijera que la señora Olona visita regularmente la vivienda".

Modesto González ha informado de que la denuncia presentada adjunta una relación de recortes de prensa donde quedan reflejadas las declaraciones públicas que en este sentido se han hecho al respecto.

La denuncia también invita a la Junta Electoral, en el caso en que precise de alguna aclaración, a que solicite informe con carácter de urgencia al Ayuntamiento de Salobreña.