Una matrona sometiendo a un bebé a la prueba del talón.

Una matrona sometiendo a un bebé a la prueba del talón. Victoria Iglesias

Sanidad

Un parto mal atendido genera la mayor indemnización de la historia por una negligencia médica

La niña, nacida hace 10 años en el hospital de Valdepeñas (Ciudad Real), sufrió una prologanda falta de oxígeno que le convirtió en gran dependiente de por vida. El ginecólogo y la matrona han sido condenados y los padres recibirán más de cinco millones de euros.

10 octubre, 2022 11:27

Los padres de una niña nacida hace diez años en el hospital de Valdepeñas (Ciudad Real) recibirán 5.200.000 euros por los graves daños neurológicos sufridos por la pequeña durante su nacimiento debido a la deficiente atención de los sanitarios que atendieron el parto. Se trata de la mayor indemnización de la historia en España por una negligencia médica.

Según ha informado la asociación El Defensor del Paciente mediante una nota de prensa, a consecuencia de la prolongada falta de oxígeno que sufrió durante el alumbramiento, padeció encefalopatía hipóxico-isquémica con parálisis infantil grave de predominio distónico y actualmente sufre convulsiones y tiene que ser alimentada mediante una sonda de gastrostomía endoscópica.

Los hechos ocurrieron el 14 de octubre de 2012 y, tal y como reconocen sendas sentencias de un juzgado de lo Penal y de la Audiencia Provincial de Ciudad Real, la madre acudió al hospital de Valdepeñas por encontrarse con síntomas de parto después de haber tenido "una gestación normal" y de que todos los controles previos hubiese resultado "normales".

Sin embargo, durante el control de la evolución del parto la matrona encargada de atender el proceso "decidió prescindir de una de las dos cinchas que se utilizan para la monitorización de la frecuencia cardiaca fetal y el control de la dinámica uterina del sistema Eco-Doppler, sistema que tiene por finalidad la detección de los signos precoces indicativos de una posible pérdida de bienestar fetal", algo que "impidió que se controlase efectivamente la situación física del feto".

"Tampoco se dio importancia a los 26 episodios de disminución de la frecuencia cardiaca del feto, a niveles de 80 e incluso 60 latidos por minuto que se marcan en el registro gráfico ni a las nueves anotaciones de bradicardia que quedaron impresas en dicha tira, esto es, descensos de la frecuencia cardiaca fetal, claras e inequívocas señales de alarma en la evolución de ese período de parto", ha relatado el abogado Francisco Fernández-Bravo, que ha representado a los padres de la menor.

Señales de alarma desatendidas

Según reconocen las sentencias, pese a estas "claras e inequívocas señales de alarma", tanto la matrona como un ginecólogo encargados del seguimiento y control del parto, "apartándose de la pericia que les era exigible en atención a sus conocimientos, con un proceder absolutamente negligente, no adoptaron las medidas necesarias encaminadas a solucionar la situación de pérdida de bienestar fetal, en orden a la finalización del parto y evitación de un sufrimiento fetal irreversible".

A raíz del "deficiente control y seguimiento" durante el período del parto, la recién nacida sufrió "un grave y severo daño neurológico" como consecuencia de la falta de oxígeno, causada por el descenso repetido y mantenido de la frecuencia cardiaca fetal. Una situación por la permenació hospitalizada durante 91 días en la UCI de Neonatología del Hospital de Albacete, precisando de diversas intervenciones quirúrgicas.

Diez años después del nacimiento, la Justicia ha condenado a los dos sanitarios responsables del control del parto como autores de un delito de lesiones por imprudencia profesional menos grave, a la pena de nueve meses de multa a razón de una cuota diaria de diez euros. Además, el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) y las aseguradoras Mapfre y Zúrich, como responsables civiles, tendrán que indemnizar a la familia afectada con la mayor cuantía de la historia de España por negligencia médica.

Un acuerdo entre la acusación particular con las compañías aseguradoras ha evitado que el asunto llegue al Tribunal Supremo y, finalmente, abonarán a la menor y a sus familiares por importe de 2.591.498 euros en concepto de indemnización principal, más 2.356.726 euros en concepto de intereses y capitalización de la pensión anual, lo que unido a las costas del procedimiento, aún por tasar, alcanzarán una cantidad de 5.200.000 euros.