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Ciudad Real LOS MISMOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE LAS BICICLETAS

El Ayuntamiento de Ciudad Real regula el uso de los patinetes en la vía pública: todas las novedades

9 junio, 2020 13:40

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Ciudad Real ha aprobado la modificación de la Ordenanza Reguladora de la Movilidad Ciclista, que desde ahora incorpora además a los vehículos de movilidad personal (VMP), los conocidos como patinetes eléctricos. Una ordenanza que cuenta con el visto bueno del Consejo de Movilidad, y que, siguiendo la normativa nacional, equipara este tipo de vehículos a las bicicletas. El objetivo de esta regulación es conseguir una convivencia ordenada y respetuosa con los peatones y los distintos modos de transporte.

El concejal de Movilidad, David Serrano, ha valorado la inclusión de un capítulo en esta ordenanza para los vehículos de movilidad personal. "Era una modificación pendiente, a la espera de regulaciones estatales, que gracias a ellas ya podemos regular en Ciudad Real estos vehículos, que se homologan a las bicicletas y, por tanto deben tener el mismo comportamiento, la misma normativa y el mismo respeto para con los peatones y con el resto de elementos de la seguridad vial".

Las condiciones generales de uso, circulación y prioridad de los vehículos de movilidad personal serán las mismas que las previstas en la normativa vigente para las bicicletas, y en las disposiciones establecidas en esta Ordenanza.

Así circularán preferentemente por los carriles bici y acera bici, por las ciclocalles, por los ciclobarrios, por los ciclocarriles, por las sendas ciclables, por las calles residenciales, por las calles de prioridad peatonal y parques públicos. No podrán circular sobre parterre o zonas con vegetación de cualquier tipo; y queda prohibida la circulación de este tipo de vehículos por la red básica que no tenga señalizado un carril de circulación con velocidad máxima de 30 kilómetroos por hora o cuente con infraestructura ciclista, así como la circulación por las aceras, estableciéndose las mismas condiciones que para las bicicletas.

Los patines, monopatines, patinetes o aparatos similares no motorizados por las aceras, calles peatonales y de prioridad peatonal acomodando su marcha a la peatonal, y con la diligencia y precaución necesarias para evitar daños propios o ajenos, evitando ponerse en peligro a sí misma y al resto de personas usuarias de la vía.