La Unión Europea tumba el canon digital aprobado por el PP

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La Unión Europea tumba el canon digital aprobado por el PP

La Unión Europea declara ilegal el canon digital del PP, que compensaba la copia privada directamente de las arcas públicas.

9 junio, 2016 11:02

La Unión Europea ha dictaminado que el canon digital que aprobó el PP y que ha estado cuatro años vigente en nuestro país es ilegal. Desde 2012 la compensación a los autores por la copia privada se sufraga directamente de los Presupuestos Generales del Estado -es decir, que lo pagan todos los españoles-, algo a lo que se opone Bruselas, que considera que debería recaer en los usuarios de las copias privadas.

Se trata de un giro más en una larguísima polémica, que es la evolución de aquel canon aprobado en 2003, que suponía que los CDs vírgenes, así como discos duros, fueran un poco más caros. Todo para compensar las pérdidas de las industrias audiovisuales que se veían afectadas por las descargas P2P y similares.

La cuantía de la compensación, la mecha que prende el fuego

Tras la llegada del ejecutivo de Mariano Rajoy en diciembre de 2011, una de sus primeras medidas fue su eliminación. De esta forma, desde 2012 el dichoso canon digital pasó a pagarse directamente de las arcas públicas, y en una cantidad muy inferior a lo que se facturaba anteriormente. Esto llevó a diversas plataformas a denunciar este nuevo formato ante la UE.

Concretamente fueron la Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales (EGEDA), deDerechos de Autos de Medios Audiovisuales (DAMA) y de Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos (VEGAP), a las que se sumó más tarde la SGAE junto a otras organizaciones. Finalmente, el Alto Tribunal Europeo ha declarado que «en la medida en que no asegura que el coste de la compensación equitativa sea soportado, en último término, por los usuarios de copias privadas», por lo que se opone a él.

El canon digital no puede ser pagado por todos

El tribunal expone que la excepción de la copia privada «se ha concebido en beneficio exclusivo de las personas físicas, que efectúan o tienen la capacidad de efectuar reproducciones de obras o de otras prestaciones protegidas para un uso privado sin fines comerciales. Estas personas son quienes causan un perjuicio a los titulares de los derechos y quienes, en principio, están obligadas a financiar, como contrapartida, la compensación equitativa que se les adeuda. Por su parte, las personas jurídicas están excluidas del derecho a acogerse a esta excepción».

¿Y qué ocurrirá ahora? Lo más probable es que se tenga que volver al antiguo modelo. Sin embargo, España lleva desde diciembre con un gobierno en funciones y nada indica que tras las nuevas elecciones del 26 de junio la formación de un nuevo ejecutivo vaya a ser rápida, por lo que es muy posible que todavía pasen unos meses hasta que la situación se aclare.

Fuente: europa.eu