Audiencia de Zamora

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Zamora

Absuelven al dueño de General de Cuadros Eléctricos de un fraude millonario a la Seguridad Social

El Ministerio Fiscal pedía cuatro años de prisión y una multa de 7.420.000 euros.

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La Audiencia de Zamora ha absuelto al dueño de Cuadros Eléctricos S.L. y a su mujer del delito de fraude de 2,4 millones a la Seguridad Social por el impago de cuotas desde 2013 a 2017.

La inspectora que elaboró el informe detectó que tres empresas -General de Cuadros Eléctricos S.L., Material Eléctrico Chint S.A. y Micro Plus World Corporation S.L.- trabajaban de forma indiferenciada y que una empresa se encargaba de fabricar y producir; otra de facturar y cobrar, todo ello para descapitalizar GCE para que no cumpliera sus obligaciones laborales.

Por ello, el Ministerio Fiscal presentó un escrito que calificaba los hechos enjuiciados como un delito de fraude a la Seguridad Social y pedía cuatro años de prisión y una condena de 7.420.288,59 euros.

Cuadros Eléctricos S.L. figuraba como administrador único el acusado -a fecha de 30 de marzo de 2000- . El objeto social era la fabricación de material eléctrico de utilización y equipamiento y compraventa de aparatos y material radioeléctrico y electrónico.

Posteriormente, el 17 de noviembre de 2003, se constituyó la sociedad Material Eléctrico Chint S.A., cuyo objeto social era la compraventa de aparatos y material eléctrico, radio eléctrico y electrónico.

Dos años después, el 1 de abril de 2005, se constituyó la sociedad Microplus World Corporation S.L., cuyo objeto social era la importación y exportación de mercaderías, instrumentos, artículos y máquinas electrónicas. Durante el periodo comprendido entre 2013 y 2017 "se dejaron de ingresar las cuotas correspondientes a la Seguridad Social". Una cifra que alcanzaba los 2.266.240,46 euros. 

El tribunal determinó que la acusación no acreditó la existencia de un entramado empresarial. Según la setencia, el Ministerio Fiscal no especifió qué acciones llevaron a cabo los acusados para dificultar el cobro de la deuda ni la vinculación de las tres sociedades.

Cabe destacar que la Fiscalía alegaba que los acusados habían creado una estructura empresarial para evitar el pago de obligaciones con la Seguridad Social. De este modo, la Audiencia estima que el impago de cuotas "solo constituye una infracción tributaria cuya sanción excede del ámbito penal".

Además, el tribunal asegura que no se precisaron los trabajadores afectados ni las empresas a las que se produjeron las irregularidades. Por otro lado, aclaran que tenían una "deuda, afectando directamente a la imposibilidad de cobro por parte de la Seguridad Social de las cuotas de los trabajadores de la sociedad descapitalizada".

Por todo lo anteriormente expuesto, han absuelto a los implicados de los delitos que se les imputaba y de los que fueron acusados por el Ministerio Fiscal. Una sentencia que no es firme y que procede recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en un plazo de diez días.