Pasajeros esperando para facturar en el aeropuerto de Villanubla

Pasajeros esperando para facturar en el aeropuerto de Villanubla M. Chacón ICAL

Valladolid

Condenan a Vueling a devolver los 96 euros que cobró a un pasajero que iba de Valladolid a Roma por su equipaje de mano

El Juzgado de Primera Instancia 5 ha dado la razón al demandante apoyándose en el TJUE, el Parlamento Europeo y la Ley sobre Navegación Aérea.

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El Juzgado de Primera Instancia número 5 de Valladolid ha condenado a Vueling a devolver a un pasajero que compró dos billetes para viajar a Roma los casi 96 (95,96) euros que le cobraron por su equipaje de mano.

Los hechos se remontan al mes de febrero de 2024, cuando el pasajero compró dos billetes para ir desde Valladolid a Fiumicino (Roma), con escala en Barcelona, por un precio de 131,96 euros.

El viajero seleccionó la tarifa 'basic' y durante el check-in desde Valladolid a Barcelona, el trabajador de Vueling del mostrador le explicó que esta no incluía el transporte como equipaje de mano una maleta de menos de 10 kilogramos y dentro de las medidas marcadas por la empresa.

Así lo explica en la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico. Los magistrados, en su sentencia, que ya es firme, se apoyan en la amplia jurisdicción al respecto y en concreto a lo señalado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

Este, precisamente, señala que el equipaje de mano debe "considerarse, en principio, un elemento indispensable del transporte de los pasajeros y que su transporte, por consiguiente, no puede ser objeto de un suplemento de precio, siempre y cuando dicho equipaje responsa a las exigencias razonables relativas a su peso y dimensiones y cumpla con los requisitos de seguridad aplicables".

A pesar de que Vueling alegó que la tarifa 'basic' habla de un "bolso o mochila" de máximo 40x20x30cm para transportar bajo el asiento y no una "maleta", la sala ha considerado, apoyándose en lo dictado por el TJUE y el artículo 97 de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, que el demandante llevaba la razón.

Por eso, aplicando todo eso, también apoyados en los pronunciamientos del Parlamento Europeo al respecto, ha decidido estimar al demandante e imponer a la compañía la devolución de la tasa cobrada al viajero.

Asimismo, Vueling deberá hacerse cargo, como parte demandada, de las costas procesales causadas en la presente causa judicial.