J.L.N.I en una de las sesiones del juicio por la muerte de Sergio Delgado

J.L.N.I en una de las sesiones del juicio por la muerte de Sergio Delgado Ricardo Ordóñez Ical

Burgos

El juez deja en libertad al autor de la muerte del vallisoletano Sergio Delgado

Una decisión motivada por el veredicto del jurado popular que no vio intencionalidad de matar. Las penas a las que se enfrenta no pasarán de los 4 años.

Más información: El jurado popular no considera probado que la muerte de Sergio Delgado por un puñetazo fuera intencionada

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El magistrado que ha presidido el tribunal del jurado por la muerte del vallisoletano Sergio Delgado ha acordado, este miércoles 11 de febrero, la puesta en libertad provisional del autor de la muerte de Sergio Delgado, J.L.N.I, después del veredicto del jurado popular que conocimos el pasado martes, como ha podido saber EL ESPAÑOL de Castilla y León de fuentes del caso.

El juez tiene en cuenta que las penas a las que se enfrenta J.L.N.I. en base al veredicto del jurado no pueden sobrepasar los cuatro años de prisión. De esta manera ha decidido levantar la medida cautelar de prisión provisional que sobre él recaía.

Las mismas fuentes confirman que llevaba en prisión provisional desde el 24 de febrero de 2024, el día de los hechos que acabaron con la muerte del vallisoletano. En caso de que se le impusiera ahora la condena máxima, la de cuatro años de privación de libertad, habría cumplido ya la mitad de la pena.

En el auto emitido por la sección nº1 de la Audiencia Provincial de Burgos, al que ha tenido acceso este periódico, se argumenta que J.L.N.I, que está al borde de cumplir casi dos años en prisión provisional, no presenta "riesgo de fuga", además de que se conoce su domicilio.

Por otro lado, se incide en que los hechos pudieran interpretarse como homicidio imprudente tras el veredicto del jurado popular, haciendo que la pena a imponer "no podía superar el límite de cuatro años de prisión", habiéndose cumplido ya cerca de la mitad en caso de imponerse la pena máxima o que esta sea igual al tiempo ya cumplido.

En este contexto, el juez razona que el artículo 142 del Código Penal considera "oportuno" que se levante la medida cautelar de prisión provisional, pero con la obligación de que el acusado comparezca mensualmente ante la Audiencia Provincial y comunique cambios de domicilio.

Veredicto del jurado popular

El jurado popular consideraba probado que el acusado causó el fallecimiento de la víctima al propinarle un puñetazo, pero, por unanimidad, descartaba una intencionalidad de acabar conscientemente con la vida de Sergio.

Un jurado que también rechazaba que el puñetazo estuviera motivado porque Sergio fuera de Valladolid. No se considera probado que ese fuera el origen de la agresión, y apuntan a que hubo una conversación previa de varios minutos antes del golpe.

Tampoco consideraba probado el veredicto del jurado que el acusado hubiera actuado con una fuerza mayor por haber practicado Muay Thao, ni que asumiera que el golpe pudiera causar la muerte.

Después de la lectura del polémico veredicto se celebraba la vistilla en la que las partes tuvieron que plantear las peticiones, todo en base a los hechos que habían sido ya considerados como probados.

La Fiscalía, que había pedido 12 años de prisión, rebajó su petición de pena a cuatro años, la máxima para un homicidio imprudente con indemnización de 205.000 euros para la familia de la víctima.

La acusación particular mantuvo la petición de 20 años por asesinato y el abogado del defendido reclamó dos años de cárcel y la puesta en libertad del defendido que se ha producido este miércoles.