Agentes de la Guardia Civil en imagen de archivo.

Agentes de la Guardia Civil en imagen de archivo. Guardia Civil

Burgos

El TSJCyL no perdona el castigo al osteópata de las Merindades acusado de abusar sexualmente de 10 mujeres

La Sala confirma la sentencia de la Audiencia Provincial, que le impuso 18 años de cárcel

24 octubre, 2023 14:02

No hay perdón para el osteópata de Quintana de Valdivielso, en la comarca burgalesa de Las Merindades, condenado por abusar sexualmente de 10 mujeres, con introducción vaginal en dos de ellas. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha rechazado el recurso presentado por el acusado contra la sentencia de la Audiencia Provincial.

De esta manera, deberá cumplir los 18 años de cárcel que le impuso la Sala en primera instancia, además de hacer frente a indemnizaciones a todas las víctimas por un valor de 26.000 euros. El procesado comenzó a prestar sus servicios como osteópata entre 2016 y 2020, donde montó una consulta particular y donde con "evidente ánimo libidinoso se extramilitaba en numerosas ocasiones" en sus manipulaciones con las pacientes, según señala el auto al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL - Noticias de Castilla y León.

En total, fueron 10 las mujeres que interpusieron una denuncia contra este hombre, presentando dos de ellas, madre e hija, relatos, que han sido considerados hechos probados en la sentencia de primera instancia y reproducidos en el TSJCyL, considerados delitos de abuso sexual con introducción de miembros por vía vaginal.

Por estos dos, la Audiencia provincial le condenó a seis años de prisión por cada uno de ellos. Asimismo, los ocho restantes constituían un delito de abuso sexual, siendo impuestos dos años de cárcel por cada uno de ellos. En total, las penas sumaban 28 años de privación de libertad, pero en el escrito judicial se estipulaba que las penas no podrán superar un total de cumplimiento por encima del triple de la más grave. Quedando entonces la condena total en 18 años de cárcel. 

Contra esta sentencia, la defensa del acusado recurrió la misma al apreciar "deficiente" fundamentación, entre las que estaba el componente sexual del osteópata. No obstante, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha desestimado íntegramente su recurso de apelación y ha confirmado íntegramente la sentencia de la Audiencia Provincial de Burgos.