Las organizaciones agrarias se manifiestan contra la especulación con los carburantes
Una sentencia a favor de un agricultor abre la puerta a reclamar devoluciones del gasóleo agrícola
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha reconocido el derecho de un agricultor salmantino a recuperar 4.810 euros.
Más información: Denuncian que Hacienda "enmaraña" la devolución del impuesto del gasóleo para que los agricultores no la pidan
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha reconocido el derecho de un agricultor salmantino a recuperar 4.810 euros correspondientes a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo bonificado utilizado en su explotación durante 2023.
La resolución puede tener especial interés para otros agricultores y ganaderos que se encuentren en una situación similar.
La sentencia, dictada el pasado 23 de julio, estima el recurso presentado contra la decisión de la Agencia Tributaria.
En su caso había rechazado la devolución al considerar que el agricultor no había acreditado correctamente la legalización, ubicación y capacidad de los depósitos donde almacenaba el combustible.
Sin embargo, el alto tribunal concluye que esas deficiencias administrativas no son suficientes para perder el derecho a la devolución cuando queda demostrado que el gasóleo fue adquirido y utilizado realmente en la actividad agrícola o ganadera.
En este caso, la Sala destaca que no existía ninguna duda sobre la actividad agraria del demandante, la maquinaria de la que disponía ni sobre la compra del combustible.
Además, considera acreditada la existencia de los depósitos empleados en la explotación y que los suministros coincidían con la información facilitada por la empresa distribuidora.
La resolución obliga a devolver al agricultor 4.810,29 euros, además de los intereses legales.
Posibles efectos para otros agricultores
El fallo puede tener consecuencias para otros profesionales del campo que mantienen abiertos procedimientos con Hacienda o a quienes se les denegó la devolución por problemas relacionados con sus depósitos de almacenamiento.
Según las estimaciones de Asesores Impex, despacho que ha dirigido la defensa del agricultor, la Agencia Tributaria podría haber realizado en Castilla y León alrededor de 5.000 comprobaciones sobre este tipo de devoluciones en los últimos años.
En muchos de esos expedientes, la Administración cuestionó la autorización, la inscripción, la ubicación o la capacidad de los depósitos.
No obstante, el despacho recuerda que la sentencia no elimina la obligación de legalizar estas instalaciones conforme a la normativa de Industria.
Lo que establece es que un posible incumplimiento administrativo no implica automáticamente perder el derecho a la devolución si puede demostrarse que el combustible se destinó realmente a la explotación agraria o ganadera.
José Luis García Sánchez, director letrado del procedimiento, resume el alcance del fallo: "La sentencia reconoce la devolución porque considera acreditado el uso agrícola del gasóleo y entiende que las objeciones formuladas sobre los depósitos no justificaban su denegación".
La resolución todavía no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.