El presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco, asiste a la fiesta de la matanza tradicional en Berrocal de Salvatierra.

El presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco, asiste a la fiesta de la matanza tradicional en Berrocal de Salvatierra.

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Ni regalos ni entradas gratis... salvo excepciones de "muestras de cortesía": qué dice el Código Ético de Castilla y León

El escándalo de las joyas de Zapatero reabre el debate de qué pueden aceptar y qué prohíbe el Código Ético de los políticos, que en Castilla y León fue actualizado en 2022.

Más información: Regalos o jamones, no, pero entradas para el fútbol o a los toros, sí: lo que pueden aceptar los cargos de la Junta

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Todas las miradas están puestas sobre el leonés Rodríguez Zapatero. Quizás con algo de interés, se ha querido centrar en que las famosas joyas encontradas en su caja fuerte eran obsequios fruto de su cargo como presidente de Gobierno.

Incluso el exministro Miguel Sebastián ha dicho directamente que todos lo reciben dejando en entredicho el famoso Código de Buena Conducta que el propio gobierno de ZP puso en marcha.

Pues bien, Castilla y León cuenta desde hace años con un marco ético específico que trata de delimitar qué puede y qué no puede aceptar un alto cargo.

Esta polémica nacional sobre los regalos recibidos por responsables políticos ha reabierto una cuestión recurrente, la de ¿dónde está la frontera entre la cortesía institucional y el beneficio personal derivado del cargo?

En Castilla y León, esa línea quedó definida en la actualización del Código Ético y de Austeridad de los Altos Cargos aprobada en 2022, un texto que fue presentado por la Junta como una mera actualización técnica.

Sin embargo provocó una intensa controversia política por el tratamiento que daba precisamente a los regalos, invitaciones y atenciones protocolarias.

La normativa establece que los altos cargos de la Administración autonómica "no podrán aceptar, en consideración a su cargo, ningún tipo de regalo ni beneficio, de cualquier naturaleza".

Aunque introduce una excepción para "las muestras de cortesía habitual" y para los "objetos conmemorativos, oficiales o protocolarios" entregados por razón del cargo.

La regulación añade además que los regalos de escasa entidad o valor residual no podrán quedarse en manos del alto cargo, sino que deberán quedar a disposición de la consejería o entidad correspondiente.

Si el obsequio tiene un valor superior, deberá devolverse a quien lo entregó. Y si la devolución no es posible, pasará a formar parte del patrimonio de la Comunidad Autónoma.

Cuando el Gobierno autonómico defendió la reforma, el entonces portavoz de la Junta y consejero de Economía y Hacienda, Carlos Fernández Carriedo, trató de aclarar el alcance de la excepción.

Puso como ejemplo la visita de un consejero a un centro de personas con discapacidad donde los usuarios elaboran productos artesanales y entregan uno de ellos como recuerdo institucional.

Y también dijo que no podría aceptarse un jamón.

Según explicó, ese tipo de detalle podría encuadrarse dentro de las "muestras de cortesía habitual", aunque precisó que el objeto no quedaría en poder del cargo público, sino depositado en la consejería correspondiente.

La Junta defendió entonces que la modificación únicamente pretendía corregir "ciertas discordancias" existentes en el texto anterior y alinearlo con los códigos éticos vigentes en otras comunidades autónomas y en las instituciones de la Unión Europea.

Invitaciones, comidas y espectáculos

La actualización del código también abordó otra cuestión especialmente sensible: las invitaciones.

La redacción definitiva establece que los altos cargos deben renunciar a invitaciones, comidas o entradas para acontecimientos deportivos, culturales o de ocio.

Sin embargo, incorpora excepciones cuando esas invitaciones respondan a "criterios de representación institucional", cuando la asistencia sea obligatoria por razón del cargo o cuando deriven de "cortesía social o atenciones protocolarias", siempre que figuren reflejadas en la agenda pública.

Es precisamente esta excepción la que más críticas despertó entre los grupos de la oposición.

La oposición habló de "regresión"

El Grupo Socialista consideró en aquella época que la reforma suponía un retroceso en materia de ejemplaridad pública.

El portavoz socialista en la Comisión de la Presidencia, Luis Briones, llegó a calificar la modificación como "una regresión" y una vuelta "al pasado", al entender que se estaba "desandando lo andado" en materia de exigencia ética.

A juicio de Briones, permitir nuevamente las muestras de cortesía transmitía "un mensaje equivocado a la ciudadanía" y reforzaba la percepción de que "son políticos y hacen sus normas para ellos".

El procurador socialista reclamó además eliminar cualquier excepción relacionada con regalos y cortesías, así como reforzar la independencia de la Comisión de Ética Pública.

"Hay miembros del propio Gobierno valorando posibles incumplimientos de sus compañeros", denunció entonces, una circunstancia que, en su opinión, generaba "dudas, preocupación y recelo", algo que ahora con las explicaciones de ZP, faro moral de los socialistas, se viene abajo.

También defendió que el Código Ético dejara de ser un simple acuerdo gubernamental para adquirir rango legal y reclamó reglas más objetivas para analizar situaciones controvertidas relacionadas con viajes oficiales o asistencia a determinados eventos.

Un código basado en la ejemplaridad y la austeridad

La regulación se apoya en la Ley 3/2016 del Estatuto de los Altos Cargos de Castilla y León, que obliga a revisar periódicamente el Código Ético y de Austeridad.

El texto fija como principios rectores de la actuación pública la objetividad, la transparencia, la ejemplaridad, la austeridad, la eficacia y la eficiencia.

Dentro de ese marco, el capítulo dedicado a la imparcialidad es especialmente contundente al prohibir la aceptación de beneficios vinculados al cargo y establecer mecanismos para evitar que cualquier obsequio pueda transformarse en una ventaja personal.

La norma también limita los gastos de representación, restringe el uso de vehículos oficiales, impide la utilización de tarjetas de crédito institucionales y obliga a justificar viajes, reuniones y gastos protocolarios.