Pedro Sánchez y María Jesús Montero.
Portugal da una lección a España en el Impuesto de Sucesiones: ni padres ni hijos pagan el tributo al heredar
En el país luso directamente no se aplica a los familiares más directos, pero en nuestro país se fija una tarifa genérica de entre el 7,65% y el 34% que luego comunidades como Castilla y León bonifican con el 99% de la base liquidable.
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La idiosincrasia ibérica es un elemento común entre España y Portugal. Ambos países vecinos comparten mucho por cultura y parentesco en sus motores económicos. Sin embargo, existen importantes diferencias a la hora de aplicar las políticas tributarias, como en el caso del Impuesto de Sucesiones.
Este tributo, duramente criticado en nuestro país por el momento en el que se produce, durante el duelo por la muerte de un ser querido, tiene una forma muy diferente de efectuarse en Portugal.
A su vez, al tratarse de un impuesto cedido a las comunidades autónomas, son muchas, como el caso de Castilla y León, las que aplican bonificaciones para tratar de asemejarse al modelo luso en la práctica.
Allí, este impuesto directamente no se le aplica ni a padres ni a hijos, por lo que están completamente exentos de pagar. Mientras tanto, en España se grava un impuesto que oscila entre el 7,65% y el 34% sobre la base liquidable.
En el caso español, no existe diferenciación por grado de parentesco. Aquí, se aplica a todo el mundo.
En el caso de Castilla y León, desde 2021, existe una bonificación del 99% que hace, en la práctica, que padres e hijos paguen prácticamente 0 euros en impuestos en el momento de recibir una herencia.
El Impuesto de Sucesiones se regula mediante la Ley 29/1987, en la que se fija esta tarifa progresiva sobre la base liquidable. Una vez se hereda, se calcula la cuota aplicando los porcentajes y los coeficientes pertinentes.
A partir de aquí, se aplica la bonificación autonómica del 99% sobre la cuota íntegra. Una medida que lleva en vigor desde el 9 de mayo de 2021 en Castilla y León, bajo el mandato de Alfonso Fernández Mañueco (PP) que siguió la estela de la Comunidad de Madrid.
En la actualidad, este 'descuento' solo alcanza a los familiares más directos, como el caso de padres, descendientes, ascendientes, cónyuge, adoptados o adoptantes.
Sin embargo, el ganador de las pasadas elecciones del 15 de marzo, el propio Mañueco, que aspira a liderar en un tercer mandato, pretende dar un paso más y hacer esta bonificación extensiva a hermanos, tíos y sobrinos.
De esta manera, en caso de conseguir formar Gobierno, ya que tiene que llegar a acuerdos al no conseguir mayoría absoluta, podría darse el caso en Castilla y León de que heredar entre hermanos saldría salir prácticamente "gratis".
Aspectos a tener en cuenta
La propia existencia de la ley estatal, que impone este tributo de forma genérica, a diferencia de Portugal, obliga aún así a los herederos a presentar la autoliquidación dentro del plazo y cumplir la normativa.
Esto se debe a que la bonificación actúa al final del cálculo de la cuota íntegra. Es decir, en el país luso directamente se produce la herencia entre padres e hijos, sin más trámites, mientras que en Castilla y León, a pesar de que en lo económico se asemeja el resultado, se debe hacer frente a toda la parte administrativa y burocrática.
Asimismo, hay que tener en cuenta que esta gestión cedida a las comunidades autónomas genera desigualdades entre españoles. Esto se debe a que las bonificaciones no siempre existen o son diferentes entre regiones.
Por ejemplo, mientras que en Castilla y León, Comunidad de Madrid o Galicia se aplica una bonificación del 99%, sin distinción, en otras autonomías como Extremadura es del 100% hasta los 500.000 euros y, a partir de ahí, se rige por la tarifa estatal.
En Castilla-La Mancha, por ejemplo, la bonificación varía entre el 80 y el 100%. Y en Asturias únicamente están exentos de pagar el impuesto hasta los 30.000 euros o en Navarra hasta los 250.000.
Además, respecto a la declaración de la Renta, aunque el tributo no forma parte de la presentación del IRPF porque se liquida ante la comunidad autónoma, sí entran los rendimientos que generan a la postre los bienes heredados, como por ejemplo en el caso de vender un inmueble que era de nuestros padres.
El próximo 8 de abril arrancará la campaña de la declaración de la Renta en España, que finalizará el 30 de junio de 2026. Un periodo en el que serán millones de contribuyentes los que tendrán que rendir cuentas ante la Agencia Tributaria y donde entrarán en juego, en muchos casos, las herencias recibidas, por rendimiento producido.