Un perro comiendo.
Ya entró en vigor: la ley no deja alimentar a tu mascota con carroña o vísceras de otros animales
El artículo 25 prohíbe expresamente alimentar a los animales con vísceras, cadáveres y otros despojos que no hayan superado controles sanitarios.
Te puede interesar: Ya entró en vigor: los trabajadores con 1 año de antigüedad pueden pedir una excedencia de 4 meses a 5 años
Una mascota no es un juguete. Forma parte de la familia y su bienestar depende, en gran medida, de los cuidados que recibe cada día.
Entre ellos, la alimentación ocupa un lugar fundamental.
No solo por una cuestión de salud, sino también porque la legislación española establece obligaciones concretas para garantizar que perros, gatos y otros animales de compañía reciban una nutrición adecuada y segura.
Desde la entrada en vigor de la Ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales, España cuenta con una normativa que refuerza la protección de los animales y fija normas claras sobre su cuidado.
Entre los aspectos regulados se encuentran la alimentación, la hidratación y las condiciones en las que deben mantenerse los animales tanto en el hogar como durante los desplazamientos o actividades públicas.
Alimentación
El artículo 25 establece una prohibición expresa respecto a determinados restos de origen animal.
La norma señala textualmente que queda prohibido: "Alimentarlos con vísceras, cadáveres y otros despojos procedentes de animales que no hayan superado los oportunos controles sanitarios, de acuerdo con la normativa sectorial aplicable".
Es decir, no está prohibido dar carne o vísceras a un perro o un gato. Lo que la ley impide es utilizar restos de animales cuyo estado sanitario sea desconocido o que no hayan sido sometidos a los controles veterinarios exigidos.
Por ejemplo, una gallina encontrada muerta en el campo o al borde de un camino nunca debería servir de alimento para una mascota. Sin embargo, una gallina adquirida en una carnicería sí puede utilizarse porque ha pasado los controles sanitarios correspondientes. Vamos, que los huesos del pollo se los puedes dar a tu perrete sin ningún problema.
Pero la norma los especifica con el objetivo de proteger tanto la salud de los animales como la salud pública, evitando el consumo de carroña o de animales que podrían ser portadores de enfermedades.
Además, la ley considera esta conducta una infracción grave. De hecho, el artículo 74 tipifica expresamente esta práctica dentro del catálogo de infracciones sancionables.
Las consecuencias pueden ser importantes. Las multas previstas para las infracciones graves oscilan entre los 10.001 y los 50.000 euros.
Además de la sanción económica, la Administración puede imponer medidas complementarias como:
- La intervención y traslado del animal a un centro de protección.
- La inhabilitación para la tenencia de animales durante un periodo de hasta cinco años.
- La obligación de realizar cursos de formación en bienestar animal.
- El comiso de los bienes o medios utilizados para cometer la infracción.