El presidente de Aragón, Jorge Azcón, en el Pignatelli. DGA
Ya es oficial: así puedes pedir la ayuda de hasta 960 euros del Gobierno de Aragón a nuevos autónomos
La DGA subvenciona la Cuota 0 para los autónomos aragoneses que lo soliciten antes del 30 de octubre.
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Los autónomos en España siguen siendo una pieza clave del tejido productivo.
En Aragón, el número de afiliados al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, RETA, ha ido bajando poco a poco en los últimos años; no obstante, hay registradas unas 98.000 personas en la comunidad.
El Gobierno de Aragón confirmó nuevas ayudas destinadas a los autónomos con un presupuesto de más de 1,8 millones de euros. El plazo para solicitarlas está abierto hasta el 30 de octubre de 2026.
El Instituto Aragonés de Empleo (Inaem) puso en marcha hace un mes, la convocatoria de ayudas para trabajadores autónomos correspondiente a 2026, con una dotación inicial de 1,8 millones de euros.
Estas subvenciones están dirigidas a impulsar el autoempleo, reforzar la estabilidad de la actividad por cuenta propia y promover la continuidad de negocios existentes como la generación de empleo asalariado en la comunidad.
El programa de ayudas se estructura en seis modalidades distintas. Entre ellas está la 'Cuota Cero', destinada a financiar las cuotas reducidas a la Seguridad Social durante el primer año de actividad.
Es decir, esta ayuda sería de hasta 960 euros para los nuevos autónomos, que podrían cubrir la cuota de 80 euros mensuales que se paga durante el primer año dado de alta.
Requisitos
Para solicitar esta ayuda hay que cumplir una serie de requisitos:
- Estar de alta, con carácter previo a la solicitud de subvención, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad del colegio profesional que corresponda y en el Censo de Empresarios, profesionales y retenedores.
- Haber iniciado la actividad y figurar de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos a partir del 1 de enero de 2024.
- Desarrollar la actividad económica o profesional en Aragón y que el centro de trabajo o domicilio fiscal, en caso de carecer de aquél, esté ubicado en una localidad o núcleo de población aragonés.
- Haber disfrutado de la cuota reducida regulada en el apartado 1 del artículo 38 ter de la Ley 20/2007, de 11 de julio, a contar desde la fecha de efectos del alta y durante los doce meses naturales completos siguientes.
Las solicitudes deben tramitarse a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón mediante un sistema simplificado de concurrencia competitiva, que se resolverá por orden de presentación hasta que se agoten los fondos disponibles.
La financiación procede de recursos propios del Ejecutivo autonómico, del Fondo Social Europeo Plus y de fondos estatales.