Tomás Guitarte, y una recreación del hospital de Teruel

Tomás Guitarte, y una recreación del hospital de Teruel

Teruel

Polémica por dos contratos a la empresa de la mujer de Guitarte mientras es jefa de gabinete en la Diputación de Teruel

El Salud asignó dos contratos en 2023 y 2024 a Arquilab pese a que Nieves Sánchez, su administradora única, no podía firmar adjudicaciones por incompatibilidad.

Arquilab se adjudicó la dirección de obra en 2018 y estos contratos servían para hacer pequeñas modificaciones al proyecto.

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La empresa de la mujer de Tomás Guitarte (Aragón-Teruel Existe), Nieves Sánchez, vuelve al foco de la polémica. Arquilab SL recibió dos contratos del Gobierno de Aragón con ella como jefa de gabinete de la vicepresidenta primera de la Diputación de Teruel (DPT).

Nieves Sánchez es administradora única de Arquilab SL, una empresa dedicada a labores de arquitectura. En verano de 2023 accedió al cargo de jefa de gabinete de la vicepresidenta provincial, Beatriz Martín, también miembro de Teruel Existe, un cargo como personal eventual calificado de confianza.

Para estos cargos, la ley establece una serie de incompatibilidades a las actividades que pueden y no pueden desarrollar mientras estén al servicio de la administración. En concreto, dice que no se podrán ejercer labores como contratistas de obras, servicios o suministros.

Sin embargo, tras el nombramiento de Nieves Sánchez, Arquilab, de la que sigue siendo administradora única, firmó dos contratos menores con el Salud, en octubre de 2023 y marzo de 2024, de 14.190 euros cada uno, para redactar dos proyectos del Hospital de Teruel, a los que no podría haber optado, puesto que para aquel entonces ya estaba ostentando un cargo de libre designación.

Estos dos contratos estaban destinados a hacer una modificación del proyecto de uno de los lotes de la obra, el dedicado a trabajos relativos a tabiquería, fachadas, cubiertas, carpintería y acabados interiores.

En ambos contratos, desde el Salud se invita a participar a Arquilab, junto a otra pyme, Unaluna SL, y al arquitecto Ángel Jarque. En el caso de 2023, estos dos últimos declinan la invitación. En 2024, Arquilab se queda el contrato al presentar la oferta más baja.

Anteriormente, en noviembre de 2022, Arquilab firmó otro contrato menor con el Salud, de similares características y labores.

Relacionados con la dirección de obra

Estos contratos llegan a raíz de la adjudicación, en 2018, de la dirección de obra del nuevo hospital de Teruel por un importe de 350.000 euros.

Para este contrato, Nieves Sánchez designa como medio adscrito a su propio marido, Tomás Guitarte, quien tuvo que solicitar la compatibilidad tanto en 2019 en el Congreso de los Diputados como en 2023 en las Cortes de Aragón.

Estos contratos se utilizan para subsanar algunas pequeñas modificaciones que se producen durante la ejecución de la obra, más todavía de las dimensiones del Hospital de Teruel.

Es habitual, por motivos de eficacia, que las empresas encargadas de la dirección de obra se encarguen de estas modificaciones, ya que son las que mejor conocen todo el transcurso, y más todavía en una construcción de estas dimensiones. Sin embargo, en este caso, el cargo público que ostentaba Nieves Sánchez podría hacerla incompatible con ser la adjudicataria del contrato.

La versión de Teruel Existe

EL ESPAÑOL se ha puesto en contacto con Teruel Existe, que defiende que estos contratos se suscribieron en el marco de la Dirección de Obra de la construcción del nuevo hospital de Teruel.

"Como es habitual en las grandes obras, durante el desarrollo de las mismas surgen imprevistos y/o diferencias de medición que deben incorporarse al proyecto mediante la redacción de modificados puntuales del mismo, para poder llevar a cabo la ejecución de la obra, como así se ha procedido en este caso", aseguran desde el partido.

¿Qué dice la ley?

La Ley 53/1984, de 26 de diciembre, recoge las distintas incompatibilidades a las que está sometido un trabajador al servicio de las administraciones públicas, incluyendo al personal eventual.

En su artículo 12, se recoge que el personal público no podrá ejercer actividades en "empresas o sociedades concesionarias, contratistas de obras, servicios o suministros, arrendatarias o administradoras de monopolios, o con participación o aval del sector público, cualquiera que sea la configuración jurídica de aquéllas".

Asimismo, también se prohíbe "la participación superior al 10% en el capital de las empresas o sociedades" del párrafo anterior.