Interior piso en proceso de reforma

Interior piso en proceso de reforma Canva

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La Ley de Propiedad Horizontal lo afirma: tu comunidad puede obligarte a reformar tu piso en estas situaciones

Viene establecido en el artículo 9.1 de la LPH y además puede suponer la obligación judicial de pagar indemnizaciones al resto de vecinos.

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Muchos pensarán que las míticas series 'Aquí no hay quién viva' o 'La que se avecina' son frutos de la imaginación, pero el hecho cierto es que las disputas entre los vecinos es un tema muy frecuente en muchas comunidades.

En este caso, el dicho de 'el roce hace el cariño' no suele aplicarse en lo que a convivencia vecinal se refiere.

Precisamente por eso, con el propósito de evitar disputas y que los problemas comunitarios no trasciendan 'a mayores', está la Ley de Propiedad Horizontal (conocida como LPH). Específicamente, se encarga de regular la organización, funcionamiento y convivencia de las comunidades de propietarios.

Pero, ¿sabías que tiene preceptos que regulan hasta el interior de tu propio inmueble? No es una cuestión que se deba al azar, muchas veces los conflictos entre propietarios pueden darse a raíz de problemas derivados del interior de las viviendas, como puede ser una filtración, humedades, defectos en la instalación eléctrica, reformas…

A este respecto, la Ley de Propiedad Horizontal lo tiene claro. En su artículo 9.1 mantiene que en el caso de que haya algún tipo de problema de este tipo, el propietario deberá asumir los costes de su reparación y posibles indemnizaciones por los daños causados.

Son obligaciones de cada propietario: "Mantener en buen estado de conservación su propio piso o local e instalaciones privativas, en términos que no perjudiquen a la comunidad o a los otros propietarios, resarciendo los daños que ocasione por su descuido o el de las personas por quienes deba responder", art 9.1.b LPH.

Además, si así se requiere, también tendrán la obligación de "permitir el acceso en su piso o local" (art. 9.1.d), para hacer estas reparaciones. No pudiendo negarse, por ende, al acceso a su vivienda.

Si el requerimiento de los vecinos no obtiene resultados, la Junta de Propietarios podrá facultar al presidente para iniciar acciones legales. En ese escenario, además de ordenar que se ejecuten las reparaciones necesarias, el juez podría establecer una indemnización a favor de los perjudicados.

Por ello, cuando se produzca una avería o daño estructural en una vivienda que pueda afectar al resto de vecinos, lo más recomendable es llevar a cabo la reparación cuanto antes. Si no se quiere pagar la reparación de tu propia vivienda, más la indemnización que el Poder Judicial estime pertinente, claro está.