El conseller Miguel Mínguez (PSOE) y su secretaria autonómica Isaura Navarro (Compromís).

El conseller Miguel Mínguez (PSOE) y su secretaria autonómica Isaura Navarro (Compromís).

Salud

Los Colegios de Médicos también culpan a Sanidad de sobrecargar a su personal con certificados a docentes

Exigen que sea la Conselleria de Educación la que asuma los certificados médicos de los profesores antes del inicio del curso escolar por el colapso de la Atención Primaria.

8 agosto, 2022 12:43
Alicante

El Consejo de Colegios de Médicos Valencianos (CCMV) ha exigido hoy a la Conselleria de Sanidad que retire la instrucción que obliga a los médicos de Atención Primaria a emitir un informe sobre la aptitud médico-laboral de los maestros y docentes. Se unen así a las críticas de la semana pasada del Sindicato Médico por esta medida.

"Esta es una actividad ajena al ámbito laboral actual y más si se tiene en cuenta que la misma Conselleria de Sanidad indica que no es de su competencia. Por eso, además de su retirada, pedimos que se implementen soluciones alternativas a este trámite burocrático que se repite anualmente", afirman los órganos colegiales de las tres provincias.

la orden fue dictada por la secretaria autonómica de Salud Pública, Isaura Navarro (Compromís) en el seno de una Conselleria dirigida por un conseller socialista, Miguel Mínguez, que es quien coordina los centros de salud. Se da la circunstancia de que la Conselleria de Educación sí está, en virtud del "mestizaje del Botánico", en manos de una consellera nacionalista: Raquel Tamarit.

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El Consejo de Colegios de Médicos Valencianos justifica su postura sobre la elaboración del informe de aptitud médico-laboral del personal docente interino para el curso escolar 2022/2023 dirigida a los Departamentos de Salud del sistema sanitario público de la Comunidad Valenciana, en seis razones de peso.

Los presidentes de los Colegios Médicos de las tres provincias de la Comunidad Valenciana.

Los presidentes de los Colegios Médicos de las tres provincias de la Comunidad Valenciana.

Primero, "porque las competencias profesionales de la Especialidad de Medicina de Atención Primaria no incluyen conocer los requisitos que impiden a un profesional practicar su trabajo por causas de enfermedad, o limitaciones físicas o psíquicas".

Además, la certificación puede generar riesgos legales para el médico e incluso constituir un intrusismo profesional, casos que podrían escapar a las coberturas de los seguros de responsabilidad civil de la Conselleria.

"Compete al Servicio Médico de Educación, a la especialidad de Medicina del Trabajo o a profesionales con la titulación de Medicina de Empresa determinar esta capacitación, integrados o no en servicios de prevención de Riesgos laborales", añaden.

En segundo lugar, porque la propia Conselleria de Sanidad contempla en su documento de Marco Estratégico de Atención Primaria y Comunitaria 2022-2023, que los médicos de Atención Primaria y Comunitaria no están obligados a realizar certificados de aptitud, capacitación o riesgos laborales, incluidos los procesos de oposición y selección.

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Los especialistas en Medicina de Familia realizan Informes de Salud, pero no certificados. Un certificado médico oficial no es lo mismo que un Informe de Salud, continúan.

Colapso del sistema

En tercer lugar porque la Instrucción refiere en su Preámbulo que la misma se dicta “con la finalidad de no saturar los servicios de atención primaria de salud”, finalidad que carece de sentido toda vez que los certificados médicos oficiales no pueden ni deben ser expedidos por los médicos de dichos servicios. Antes al contrario, la confusión que desprende el texto puede conducir a los docentes interesados a solicitar dichos servicios en Atención Primaria.

Las alusiones a las circunstancias extraordinarias por motivo de la pandemia no tienen fundamento, puesto que actualmente no existen restricciones para el acceso a la sanidad pública por parte de las autoridades sanitarias, en las que está incluida la firmante Secretaria Autonómica de Salud Pública y del Sistema Sanitario Público.

En quinto lugar, los colegios insisten en que "la mención en la instrucción a que los certificados puedan ser cumplimentados sin necesidad de atención presencial de acuerdo a la información obrante en la historia clínica si los datos tienen una antigüedad no superior al año es errónea".

La expedición de un certificado supone como premisa un reconocimiento médico previo, que solo excepcionalmente y a exclusivo criterio del médico podría obviarse. "En numerosas ocasiones se ha llamado la atención, desde los Colegios Profesionales, sobre el exceso de consultas no presenciales que pueden ser inadecuadas desde el punto de vista de la praxis médica", añaden.

"Es lamentable que mediante esta Instrucción, se induzca a los médicos a realizar un acto contrario a la deontología médica, que además puede conllevar una responsabilidad legal para quien lo realice", concluyen en este punto.

Por último, aseguran en su comunicado que "nos parece aberrante que se dicte norma para aportar un certificado de aptitud laboral con carácter posterior al inicio de dicha actividad laboral, hasta el 30 de junio de 2023. Debería explicarse qué es lo que acontecerá en caso de que este certificado resulte negativo, dado que el trabajador no debiera haber accedido al puesto laboral".

"Apelamos al compromiso del conseller de Sanidad para la desburocratización de las consultas médicas de Atención Primaria para que cuestiones como la actual no se repitan", advierten al conseller Mínguez.