Un perro de la raza San Bernardo, en una imagen de Shutterstock.

Un perro de la raza San Bernardo, en una imagen de Shutterstock.

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Entró en vigor: la Ley de Bienestar Animal prohíbe regalar un animal de compañía sin firmar un documento

La normativa obliga a firmar un contrato para regalar un animal de compañía y endurece las condiciones para la adopción.

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Alicante
Publicada

La Ley de Bienestar Animal, en vigor desde 2023, establece que regalar un perro, un gato o cualquier otro animal de compañía ya no puede hacerse de palabra.

Desde la entrada en vigor de la normativa, toda cesión gratuita debe ir acompañada de un contrato en el que quede reflejado que el animal se entrega sin intercambio económico.

Los animales de compañía se han convertido en una parte fundamental de muchas familias.

Perros, gatos o hurones forman parte del día a día de miles de hogares y, durante años, lo habitual era que una mascota llegara a casa porque la regalaba un familiar, un vecino o alguien que había tenido una camada.

También era frecuente acudir a particulares que vendían cachorros sin demasiados trámites.

Sin embargo, la Ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales cambia las reglas y endurece las condiciones tanto para regalar como para adoptar una mascota.

Un contrato obligatorio

La normativa recoge que "la cesión gratuita de cualquier animal de compañía debe ir acompañada de un contrato de cesión".

De esta manera, aunque el animal se entregue sin coste, debe existir un documento que deje constancia del cambio de responsable.

Además, la ley prohíbe regalar o ceder animales que no estén identificados correctamente. En el caso de perros, gatos y hurones, tampoco se permite la entrega cuando tienen menos de ocho semanas de vida.

El objetivo de estas medidas es reforzar el control sobre los animales de compañía y evitar abandonos, cría irregular o entregas sin garantías.

La norma busca que exista una mayor responsabilidad tanto por parte de quien entrega el animal como de quien lo recibe.

Entidades autorizadas

La ley también deja claro que las adopciones únicamente pueden realizarse mediante centros públicos de protección animal o entidades de protección animal registradas. En estos casos, la entrega del animal debe ir acompañada de un contrato de adopción.

Ese documento incluye información básica sobre el animal, sus cuidados y las obligaciones que asume el nuevo propietario.

Además, el adoptante debe recibir datos sobre el origen de la mascota, tratamientos veterinarios y pautas de cuidado.

La normativa añade que los animales dados en adopción deben estar identificados y esterilizados, salvo que exista una razón veterinaria que aconseje retrasar ese procedimiento.

Las tiendas no pueden cobrar

Otro de los aspectos que regula la ley es la colaboración entre protectoras y tiendas de animales. La norma permite que algunos establecimientos alojen animales en adopción, pero deja claro que "la adopción no será en ningún caso objeto de transacción comercial".

Así, las tiendas pueden colaborar en la difusión o en el proceso de información, pero no pueden cobrar dinero por la adopción ni recibir pagos por alojar a los animales.

Nuevas normas

La Ley de Bienestar Animal también incorpora obligaciones durante el transporte de mascotas. El texto señala que los animales deben viajar "en condiciones adecuadas" y protegidos frente a temperaturas extremas o situaciones que puedan afectar a su salud.

Además, el medio de transporte debe contar con ventilación y espacio suficiente para evitar el hacinamiento. La norma insiste en que los animales deben disponer de agua, alimento y descansos adecuados durante los trayectos.