Vista aérea de la ciudad de Torrevieja, una referencia nacional en turismo.

Vista aérea de la ciudad de Torrevieja, una referencia nacional en turismo. iStock

Turismo

Torrevieja se une a Valencia y Benidorm: pide las competencias para multar a las viviendas turísticas ilegales

La capital turística del sur de la Comunitat Valenciana otorgará estas funciones a los 40 nuevos policías locales que incorporará en próximas fechas, anunció el alcalde en un foro de EL ESPAÑOL.

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El alcalde de Torrevieja, Eduardo Dolón, ha informado de que el Ayuntamiento pretende reforzar los mecanismos que permitan un mejor control de la actividad de las viviendas turísticas (VUT) en la ciudad, por lo que va a solicitar al amparo del art. 98.2 del Decreto Ley 9/2024 de 2 de agosto, del Consell solicitando la competencia en el ejercicio de la potestad sancionadora, así como las funciones de inspección propias del control de la actividad.

La aceptación de la posible delegación por parte de la Generalitat Valenciana, que ya ofreció este mecanismo en la pasada edición de FITUR (mediante un convenio firmado por las principales ciudades) y a la que ya se han adherido Valencia, Benidorm, Faura, La font d'En Carròs, Piles y Ayora, será sometida a aprobación del Pleno Municipal, conforme a lo previsto en la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local.

La reciente aprobación de este Decreto Ley del Consell viene a establecer un nuevo marco regulatorio que actualiza y regula aspectos fundamentales relacionados con esta modalidad de alojamiento turístico. En este sentido, el Ayuntamiento podrá multar a las viviendas irregulares y recaudar para sus arcas ese dinero.

Por el momento, quien no se ha adherido a esta modalidad que permite un mayor control de las VUT es el Ayuntamiento de Alicante, según ha explicado porque no cuenta con personal suficiente en Urbanismo. Aunque el resto de municipios lo hará a través de la Policía Local.

Eduardo Dolón ha indicado que en la actualidad, el alojamiento en la modalidad de viviendas de uso turístico se ha posicionado con fuerza en el sector, aspecto de vital importancia en el municipio de Torrevieja, máxime cuando la ciudad es claramente una referencia nacional en el sector de la segunda residencia.

Según los datos facilitados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), en el municipio de Torrevieja el 69% del total de vivienda existente se corresponde con vivienda no principal. De esta forma, el alojamiento turístico puede adquirir en la ciudad una gran importancia como modalidad de alojamiento, siendo preciso reforzar su regulación en el ámbito de colaboración entre la administración autonómica y la local.

Una de las novedades que viene a introducir el Decreto Ley 9/2024 es la posibilidad de que los ayuntamientos puedan solicitar la competencia en cuanto a la incoación de expedientes sancionadores respecto a las infracciones leves, graves y muy graves.

40 policías

Dolón, en el Foro de Turismo residencial organizado por el diario EL ESPAÑOL en Torrevieja, señaló que "los últimos 40 policías locales que han entrado en la ciudad de Torrevieja, en principio uno de los cometidos futuros que van a tener va a ser el cumplimiento del decreto. ¿Por qué? Porque tenemos que dar seguridad" en este ámbito.

El alcalde ha recordado que la Ley 15/2018, de 7 de junio, de la Generalitat, de turismo, ocio y hospitalidad de la Comunitat Valenciana, por un lado, reservaba de manera clara y expresa las competencias en materia de comprobación, vigilancia y control del cumplimiento de la normativa turística a la administración autonómica, si bien dejaba abierta la posibilidad a la colaboración con las entidades locales en el ámbito de la inspección, pero sin que fuera posible el ejercicio de la potestad sancionadora por parte de los ayuntamientos.

Como ha venido informando este diario, la Generalitat tiene muy pocos inspectores que puedan hacerse cargo de la situación, lo que dificulta enormemente el control administrativo de la actividad de los alojamientos turísticos. Mediante el Decreto Ley 9/2024 se busca solucionar la situación.

De esta forma, se introduce un nuevo apartado en el art. 98 en el que se determina que: “De conformidad con lo preceptuado en la legislación reguladora del régimen local, la competencia para incoar, instruir y resolver los procedimientos sancionadores por infracciones leves, graves y muy graves en materia de viviendas de uso turístico ubicadas en su ámbito territorial, así como, si procede, para la revisión en vía administrativa de los actos derivados de dichos procedimientos sancionadores, podrá ser objeto de delegación a los ayuntamientos que así lo soliciten y cumplan los requisitos generales exigibles en la citada legislación para obtener la delegación”.