Edificio de la Audiencia Provincial de Alicante, en imagen de archivo.

Edificio de la Audiencia Provincial de Alicante, en imagen de archivo.

Alicante TRIBUNALES

El expresidente de los graduados sociales de Alicante, a prisión por por quedarse 342.000 euros

La Audiencia considera probado que extrajo dinero de las cuentas de la entidad y usó su tarjeta de crédito "en su propio beneficio".

21 junio, 2022 11:59
Alicante

La Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a once meses de prisión al expresidente del Colegio Oficial de Graduados Sociales de Alicante, Francisco Javier Méndez Jara, por extraer hasta 342.081,56 euros de las cuentas de la entidad profesional en su propio beneficio durante la etapa en la que ejerció como su máximo dirigente.

El tribunal de la Sección Segunda que ha enjuiciado los hechos le considera responsable de un delito continuado de apropiación indebida por el que, además de la pena ingreso en prisión, le impone otros cinco meses de multa con cuota diaria de quince euros.

[Piden 3 años de cárcel por apropiarse de 75.500 euros de una comunidad de propietarios de Alicante]

En concreto, la sentencia detalla que en 2014, 2015 y hasta principios de agosto de 2016, Méndez Jara se valió de su condición de presidente del colegio para realizar pagos de gastos personales, para retirar distintas cantidades de dinero en efectivo para su propio uso y para ordenar transferencias a sus propias cuentas bancarias con los fondos depositados en las cuentas de la asociación profesional.

En esas operaciones, aprovechó "la plena confianza que la Junta de Gobierno tenía depositada” en él, después de que él justificase que la disposición de ese dinero era para prestar apoyo económico al Consejo General de Graduados Sociales de España, del que el acusado era secretario general, con el argumento de que con esa ayuda se conseguirían "proyectos y mejoras para la profesión".

Además, convenció a los empleados y colegiados de que el dinero que hacía llegar al Consejo General sería reintegrado en el futuro.

No obstante, el colegio detectó los hechos y acabó forzando al acusado a que presentase su dimisión en agosto de 2016, después de que accediese a firmar un documento en el que manifestaba "haber obtenido para sí indebidamente" un importe de 240.900 euros que se comprometió a devolver al colegio en un plazo máximo de cuatro años. En ese documento se reconocían cantidades por valor de 124.000 euros correspondientes al ejercicio de 2014.

La sentencia también considera probado que el acusado dispuso de otros 268.081,56 euros durante 2015 y 2016 al hacer uso de tarjetas de crédito y haber realizado nuevas transferencias no devueltas, así como haber abonado gastos de viajes "sin vinculación con la actividad colegial".

Así, la nueva directiva del colegio emprendió acciones legales contra su expresidente al considerar que había detraído hasta 441.162,33 euros en total.

De todas esas cantidades dispuestas, el acusado llegó a reintegrar al colegio un total de 50.000 euros en dos transferencias de 25.000 euros efectuadas en enero de 2017.

Informe pericial y declaraciones

El tribunal considera que el delito continuado de aprobación indebida está acreditado en base al informe pericial y también a partir de las declaraciones ofrecidas por distintos responsables del colegio, como su sucesora en la presidencia de la entidad, su tesorera y su gerente, además del propio presidente del Consejo General de Colegios de Graduados Sociales.

Según la sentencia, en sus exposiciones se puso de manifiesto que "no existían proyectos que justificasen anticipos por el Colegio de Alicante que fueran a ser posteriormente abonados por el Colegio General", como había argumentado el acusado ante el colegio.

Por su parte, la defensa del expresidente -que se acogió a su derecho a no declarar en el juicio- se limitó a tratar de justificar esas aportaciones al señalar que se trataba de poner en marcha "un proyecto referente a comunicaciones profesionales de los graduados sociales" identificado con el nombre de ‘Metis’.

No obstante, el tribunal concluye que esa iniciativa se trataba de "un proyecto preliminar, fechado en 2010, del que no se puede desprender que tuviera entidad para comprometer las sustanciosas partidas" que, en teoría, se derivaban para financiar su desarrollo.

El fallo impone al acusado los once meses de prisión, tras aplicar las atenuantes de dilaciones indebidas y de reparación del daño, en la medida en que el procesado ya habría reintegrado los primeros 50.000 euros detraídos. Además, conmina al acusado a indemnizar al colegio en la cantidad de 342.081,56 euros pendientes de devolución.

Por su parte, la representación legal del colegio solicitaba para su expresidente una pena de seis años de prisión, mientras que la Fiscalía rebajaba esa solicitud a cuatro años.

La sentencia es recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) en el plazo de diez días desde su notificación.