Congreso de los Diputados.

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LA TRIBUNA

Pacto oligárquico antitránsfugas

El autor defiende la idea de que el transfuguismo no se combate con sanciones o coacciones, sino con más libertad política para los ciudadanos

13 marzo, 2021 02:43

Tras procrastinar durante 40 años la reforma de una ley electoral "provisional" y de haber incluido repetidamente la promesa en sus programas políticos, a nuestras señorías no se les ha ocurrido mejor actualización (más allá de la necesaria pero menor cuestión de la eliminación del voto rogado) que el refuerzo de su poder oligárquico mediante un pacto antitránsfugas.

Pacto, no ley, porque esta sería inconstitucional.

El art. 67.2 de la Constitución deja claro que los diputados no están sometidos al mandato imperativo. El constitucionalismo europeo ha venido reflejando en su acervo jurídico el triunfo de las tesis de Burke y Sieyès sobre Rousseau para otorgar al representante una mayor libertad y autonomía. Amén de convertir, no sin cierta taumaturgia, a quien había sido elegido por los votantes de un distrito determinado en un representante de la nación entera.

A pesar de que esta trasposición ya no tiene sentido en las democracias del siglo XXI, lo que jamás pudieron pensar el genio conservador inglés y el liberal-revolucionario francés del XVIII es que la prohibición del mandato imperativo por parte del elector se iba a convertir en una confiscación de su autonomía (y de la dignidad que conlleva el cargo) por parte de las cúpulas de los partidos políticos.

Si ser hoy diputado equivale a ejercer de empleado de partido, igual de reducido se ve el papel del ciudadano en nuestra tramoya electoral. Refrendamos listas de acólitos, construidas a imagen y semejanza de cada jefe, y cuya única misión parlamentaria consiste en apretar sistemáticamente el botón del a favor o en contra tras recibir la orden.

Las cúpulas de los partidos se han negado a ceder un ápice a favor de la libertad política de los ciudadanos

Trocar un espacio de confort a cambio de fidelidad personal puede resultar interesante para los dos agentes de este vasallaje posmoderno. Pero es no aceptable para un ciudadano del tercer milenio. A tan miserable condición nos ha llevado el sistema electoral que padecemos. 

Conscientes de que un poder omnímodo para confeccionar las listas electorales, salvoconducto de todo aspirante a vivir del presupuesto público, no puede durar para siempre, las cúpulas de los partidos se han negado a ceder un ápice a favor de la libertad política de los ciudadanos.

Y, no satisfechas con haber reducido a poco más que la nada a los llamados representantes del pueblo, todavía pretenden suplantar a los ciudadanos en la aplicación del castigo a los insubordinados. Por eso van a firmar un pacto para castigar al tránsfuga.

Curiosamente, ha sido este asunto el único capaz de generar, no el consenso, sino la unanimidad de los partidos. La Covid-19 y la crisis económica sin precedentes que sufrimos no han sido materias lo suficientemente graves como para provocar el consenso. La falta de fidelidad al partido de un concejal, sí. 

Si existe una conducta fraudulenta por parte de un representante que cambia de bancada por interés personal, y no por hacer suya la frase de Winston Churchill de que a veces es necesario cambiar de partido para no cambiar de ideas, han de ser los ciudadanos quienes la juzguen.

El ciudadano debe ser libre para ejercer control directo sobre la acción política de aquel que ostenta un poder de representación

¿Qué es la ruptura de la disciplina de voto sino un ejercicio de libertad y de responsabilidad que debe someter a examen al representante frente a su electorado? ¿Quién debe decidir si hizo bien o mal en tomar esa decisión sino el que, en teoría, le ha colocado en el Parlamento o en el Concejo y que experimentará las consecuencias de dicho acto?

El mero hecho de que exista el término tránsfuga y se emplee tan cotidianamente en un sistema político lo dice todo. El transfuguismo no se combate con sanciones o coacciones institucionales, sino con más libertad política para los ciudadanos.

Libertad, primero, para elegir representantes de un modo abierto y plural, sin el tamiz interesado de la oligarquía que cierra y bloquea las listas.

Libertad, también, para ejercer un control directo sobre la acción política de aquel a quien se concedió un poder de representación. Poder necesariamente temporal y precario.

El pretexto de que la solución ciudadana llegaría demasiado tarde es pueril, pues en plena era digital existen mecanismos de democracia directa (como la revocatoria) en virtud de los cuales, máxime en el ámbito municipal, la ciudadanía puede rápidamente arrebatar al representante su mandato.

No importa que, para devolverle el triunfo al genio ginebrino artífice de la expresión "donde está el representado no está el representante", haya que modificar el artículo 67. 2 de la Constitución. Porque si se quiere acometer una reforma profunda de nuestro sistema electoral, también habría que hacerlo con el siguiente artículo, el 68.2, que determina la provincia como circunscripción electoral.

Me temo que para esto no habrá unanimidad. Al menos, mientras no se evidencie el clamor popular que lo exija. Entonces se abriría una guerra sin cuartel por abanderar el proceso, porque cuando se trata de luchar por el poder, la política recorre caminos inimaginables para la gran mayoría.

Otro genio, este renacentista, lo sabía muy bien. 

*** Lorenzo Abadía es empresario y profesor de Derecho Constitucional.

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