El juez De Prada, en una imagen de archivo.

El juez De Prada, en una imagen de archivo. Efe

Tribunales ETA

Golpe de timón del juez De Prada en la Audiencia: concede un permiso a un etarra que no pide perdón

El magistrado obvia el criterio habitual de la Sala de lo Penal y considera que la petición de perdón no es un requisito indispensable.

7 junio, 2022 13:08

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La nueva composición de la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ya tiene efectos tangibles. El magistrado José Ricardo de Prada, recientemente incorporado a ella, ha dictado un auto en el que concede un permiso penitenciario al preso de ETA Gorka Loran Lafourcade, interno en segundo grado en la cárcel de Álava.

Sin embargo, alterando el criterio que ya se había convertido en habitual, el magistrado considera que la petición de perdón a las víctimas no es un requisito indispensable para acceder a este beneficio.

Así consta en la resolución, fechada el pasado 3 de junio, y a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL. "La circunstancia expresada de que no consta escrito de interno manifestando su arrepentimiento y petición de perdón a las víctimas no es en absoluto un requisito legal para la obtención de permisos penitenciarios y su única posible valoración admisible en este momento es a título puramente indicativo (no como obligación) de una buena evolución penitenciaria, lo que también es deducible de otros elementos", reza el auto, del que ha sido ponente De Prada.

La Junta de Tratamiento de la prisión, compuesta por los expertos, directivos y perfiles técnicos del centro, estuvo a favor de concederle el permiso de salida. Pero el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, al igual que la Fiscalía, se opuso a él.

Por su parte, el juez De Prada recuerda que "no aparecen víctimas concretas" de la actividad delictiva de Gorka Loran, ya que no fue condenado por ninguna muerte ni lesión, sino por la colocación de un artefacto explosivo que no llegó a estallar. Por ello, fue condenado por tentativa de asesinato.

El auto, además, reproduce un manuscrito del interno, en el que no pide un perdón expreso a sus víctimas, usando esta misma palabra, pero sí asegura que ya no es el mismo que hace casi dos décadas, cuando fue condenado. Este texto fue aportado cuando la defensa del exmiembro de ETA recurrió la negativa del Juzgado de Vigilancia a su permiso.

"Durante estos años he reflexionado y he madurado, y, como es normal, no pienso igual que como pensaba cuando cometí aquellos delitos. Mi vida, mi forma de pensar, ha evolucionado", expuso Loran en su carta. Su condena de 20 años finaliza en 2023.

"Soy consciente que la organización a la que pertenecí provocó mucho sufrimiento a muchas personas, y tengo la necesidad de reconocer ese sufrimiento. Porque, aunque los delitos que cometí no provocaron víctimas directas, siento el dolor de todas las víctimas que ETA provocó", añade su manuscrito, en el que lamenta "profundamente" el "sufrimiento" causado, que espera que no se repita nunca más.

"He escuchado recientemente opiniones de víctimas de ETA que dicen que se sienten ofendidos y humillados con algunas declaraciones y actos. No seré yo quien contribuya a esa ofensa o humillación, porque soy empático con el dolor que han padecido y quiero hacer todo lo posible para intentar paliarlo y repararlo", culmina su escrito, antes de expresar su deseo de empezar "una nueva vida" en una sociedad que "sepa convivir pacífica y democráticamente, sin violencia" y se muestre "a favor de la paz".

A juicio del magistrado, además, los términos del manuscrito del etarra expresan "una posición firme y arrepentida frente a la violencia, a los delitos cometidos y las víctimas y un estado de ánimo superador de un pasado delincuencial y de búsqueda de un futuro de convivencia democrática y normalizada".

Por todo ello, De Prada acuerda conceder al etarra este permiso ordinario de salida. Estima así el recurso que su abogada interpuso contra el auto del Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, que se lo denegó el pasado marzo.

Dicho Juzgado se opuso a él por un único motivo: no aparecía en su expediente un escrito en el que el interno manifestara su arrepentimiento expreso y pidiese perdón a las víctimas, lo que se había convertido, hasta ahora, en el criterio habitual de la Sala Penal de la Audiencia.