Con la llegada del nuevo año, el panorama laboral en España experimenta transformaciones significativas en lo que respecta a los permisos retribuidos por motivos familiares. Estos cambios, que entran en vigor en 2024, buscan actualizar y adecuar las políticas laborales a las necesidades y realidades de los trabajadores y sus familias.

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Uno de los aspectos más relevantes es el tiempo que corresponde por diferentes situaciones familiares, como enfermedad, accidente grave, hospitalización o fallecimiento de un familiar. 

Según las nuevas regulaciones, las personas trabajadoras pueden ausentarse de su puesto de trabajo manteniendo el derecho a la retribución en determinadas circunstancias, siempre que avisen previamente de la ausencia y justifiquen posteriormente los motivos.

Infografía de Lefevre sobre los cambios en los permisos de retribución laborales. Lefevre

Matrimonio y pareja de hecho

Por ejemplo, en caso de matrimonio o registro de pareja de hecho, se otorgan 15 días naturales para que el trabajador pueda disfrutar de este acontecimiento personal. Además, se establece un tiempo indispensable para exámenes prenatales, técnicas de preparación de parto y sesiones de información relacionadas con adopciones o acogimientos.

Es importante tener en cuenta que existen ciertas situaciones particulares que pueden afectar la concesión de permisos, como el cambio de estado civil de los trabajadores

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Por ejemplo, si un trabajador se constituye como pareja de hecho y obtiene los 15 días de permiso, pero luego se casa con la misma persona, la empresa podría negarse a conceder un nuevo permiso. Sin embargo, si el trabajador se disuelve de su matrimonio y se casa con otra persona, tendrá derecho a un nuevo permiso.

Maternidad y paternidad

Las nuevas regulaciones también contemplan situaciones específicas relacionadas con la maternidad y la paternidad. Por ejemplo, en el caso de nacimiento prematuro u hospitalización del hijo, se otorga un tiempo diario para visitas hospitalarias, así como la posibilidad de reducir la jornada laboral para atender las necesidades del recién nacido.

En cuanto a la lactancia, se establecen períodos específicos para este fin, con una reducción de la jornada laboral diaria para facilitar la alimentación del bebé. Esta medida busca promover la conciliación entre la vida laboral y familiar, garantizando el bienestar tanto de la madre como del hijo.

Otro aspecto es la introducción de un permiso parental retribuido para trabajadores que necesiten cuidar a un hijo o menor acogido. Este permiso, que se espera que sea retribuido en los próximos meses, permitirá a los trabajadores disponer de hasta ocho semanas para atender las necesidades de los hijos, ya sea de forma continua o en varios períodos hasta que el menor cumpla ocho años.

Hospitalización y fallecimiento

En situaciones más delicadas, como enfermedad o accidente grave de un familiar, hospitalización o fallecimiento, se han definido períodos específicos de ausencia retribuida. Para estos casos, se otorgan cinco días para atender la situación, ya sea el cuidado de un ser querido en casa o la asistencia a un hospital.

Es importante destacar que, en situaciones de fallecimiento de un familiar, el tiempo de permiso varía según si es necesario un desplazamiento. Sin desplazamiento, se conceden dos días, mientras que con desplazamiento se amplía a cuatro días.

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Además de los permisos por motivos familiares directos, las nuevas regulaciones también contemplan situaciones de fuerza mayor relacionadas con familiares o personas convivientes. En casos de emergencia laboral urgente, como enfermedad o accidente, se otorgan hasta cuatro días al año para atender estas situaciones de manera inmediata.

En cuanto a los convenios laborales, se establece una protección adicional para los trabajadores en caso de discrepancia entre lo convenido y lo establecido legalmente. Por ejemplo, si un convenio establece un permiso de dos días, pero la ley otorga cinco días, la empresa deberá conceder el permiso conforme a lo establecido por la legislación vigente.