Es muy común, sobre todo cuando llega el buen tiempo, sufrir el volumen excesivo de ruido que provocan los vecinos. Ya sea por una fiesta, una barbacoa o un evento familiar o de amigos. En muchas ocasiones, dicha molestia proviene de un vecino ‘incívico’.

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Ante tal situación, la Ley del Ruido tiene como función prevenir, mitigar y vigilar la contaminación acústica. En ella, están recogidos los niveles y horarios de ruido legales, que dependen de cada municipio.

Debemos saber que el incumplimiento de los mismos, puede acarrear multas de 750 a 3.000 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción.

¿Cuántos decibelios están permitidos?

Como hemos indicado, las ordenanzas municipales contemplan el número de decibelios que se permiten. En general, durante el horario diurno está prohibido superar los 35-40 decibelios y durante el nocturno, los 25-30. Por debajo de estos decibelios se pueden hacer fiestas, eventos, celebraciones, etc.

En nuestro país, el horario va a depender de la comunidad autónoma y del municipio. Es decir, son los ayuntamientos los que fijan el horario y los límites, por lo que –en caso de molestia acústica- habremos de acudir a la Ordenanza que, por parte del Ayuntamiento del municipio en el que tengamos la residencia, exista.

En todo caso, como norma general, los municipios permiten hacer ruido ‘significativo’ de lunes a viernes de 8:00 a 21:00-22:00 horas. Los fines de semana o festivos, y para respetar el descanso, el intervalo horario comienza a las 9:30 y finaliza a las 21:00.

Lo ideal, ante la situación molesta, es acudir al Ayuntamiento y solicitar la información relativa a ellas. Si el problema por el ruido, no solo nos afecta a nosotros, sino a varios vecinos, o la fuente del ruido está en alguna terraza o patio cercano, lo conveniente es contar con el apoyo de la comunidad de vecinos.

Debemos de tener en cuenta que, hoy día, existen diversas apps que, instaladas en nuestro teléfono móvil, nos permiten verificar –al menos aproximadamente- y conocer el nivel de decibelios que sufrimos.

Algunos ayuntamientos ofrecen un servicio de solicitud de medición de ruidos en viviendas. Dependiendo del tipo de ruido y su origen los impresos de solicitud se han de cursar a las Oficinas de Atención Ciudadana, Áreas de Medio Ambiente, o si el ruido tiene su origen en alguna terraza, talleres, local comercial, la reclamación suele tener que dirigirse al Departamento encargado de la Licencia de Actividades.

Si queremos medir los decibelios del vecino ‘infractor’, lo mejor es acudir a un perito o a la policía, ya que tienen instrumentos específicos para ello –sonómetro-. Sin embargo, debemos saber que hay aplicaciones y programas que te permiten hacerlo con tu móvil.

¿Cómo actúo con el vecino ruidoso?

Tener un vecino ruidoso es un auténtico problema, más si los ruidos aparecen en los momentos destinados al descanso. Solucionar esta situación suele ser complejo, pues, en el mejor de los casos, ni es consciente del ruido. Por lo que, lo aconsejable, es seguir unos pasos que nos pueden ayudar y dar fuerza a nuestra reclamación.

El primer paso para resolver cualquier conflicto debe ser el diálogo. Como se ha mencionado, muchas veces el vecino no es consciente de que está provocando ruidos molestos. Ahora bien, si el diálogo no funciona deberíamos poner en conocimiento la situación al presidente de la comunidad, para que medie entre las dos partes, con el fin de evitar esos ruidos.

Según el artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal, el presidente de la comunidad puede solicitar a un vecino que cese de forma inmediata en la ejecución de las actividades molestas y ‘dañinas’. En el supuesto de que la situación no se resolviese, acudiremos a la comisaría de policía para poner los hechos en su conocimiento.

Usualmente se personarán con los medios que antes señalábamos, y de este modo, obtendremos una prueba fehaciente de que el vecino en cuestión está superando el límite de decibelios, si es que los sobrepasa.

A continuación, y en caso de que a pesar de tal medición y de que se persone la autoridad, no cese en su actividad, deberemos de proceder a interponer una demanda.

** Manuel Martínez Mercado es abogado y Doctor en Derecho.