Poco se habla de lo que gusta un buen latinajo a los que nos dedicamos a deambular por las salas de Justicia, y esperar, todo hay que decirlo, porque a otra cosa no sé, pero a tiempos muertos, toga en mano, ilusionados a que llegue nuestra hora señalada en un papel cogido en celo en una puerta, no nos gana nadie, aunque mejor esto para otro espacio donde poder explayarse.

Sí, la precaución en justicia es el alma mater, proteger y preservar el procedimiento para garantizar que, al menos, la administración de justicia pueda abordar sus tareas cumpliendo con todos los requisitos que brinda nuestro ordenamiento jurídico, con el fin último de alcanzar el tan deseado unicornio blanco llamado Justicia.

Los politólogos tampoco nos libramos de la premisa de la cautela, a las pruebas me remito cuando digo que la práctica forense encaja más en las labores de la profesión, lo del vaticinio mejor lo dejamos para las apuestas de colegueo.

Más de un centenar de páginas para peticionar la investigación del expresident del Consell por parte del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, que abre ahora tres escenarios posibles, bajo una resolución fundada, que podría admitir a trámite y convertirse en el foco de la causa, rechazarlo de plano o, bien, interesar de la instructora más indicios, el término medio entre el sí y el no.

Hasta llegar a la toma de decisión el ponente designado al efecto primero tendrá que separar, como se suele decir, el grano de la paja, y omitir todas las libertades literarias más propias de los espacios para opinólogos para centrarse en si existen o no indicios para abrir la investigación solicitada.

Lo que sí que nos tiene a muchos bajo sospecha, sobre todo los que no creemos en las casualidades, es el momento escogido por la instructora, que ha sido justo coincidente con la filtración mediática de unos audios donde supuestamente su esposo, que también es juez, al parecer, ha intervenido algo más de la cuenta en la investigación.

Que no nos nuble la extensión de la petición porque no es excluyente al tiempo escogido para la tramitación y, a vistas de la instrucción, era lo que podríamos llamar una solicitud anunciada.

Ahora solo cabe recordar que la función de la instrucción es la averiguación y esclarecimiento de los hechos, sin sesgos acusatorios, rige el principio, o al menos así debería serlo, de la verdad.

Mientras, “ad cautelam”, solamente cabe esperar a la resolución, respetar la decisión judicial que, obviamente, amparados por la libertad de expresión, no está libre de críticas, algo de lo que también damos buena cuenta los Letrados a golpe de recurso y los politólogos a lectura analítica de los juicios paralelos.