Alberto Núñez Feijóo. Gustavo Valiente / Europa Press

Alberto Núñez Feijóo. Gustavo Valiente / Europa Press

Valencia

La jueza de la dana rechaza una pericial informática del móvil de Feijóo para verificar los whatsapps con Mazón

Una acusación popular reclamó la verificación de los mensajes entre el líder del PP y el expresidente de la Generalitat Valenciana.

Más información: Feijóo admite a la jueza que no tuvo información ni del Gobierno ni de Mazón sobre la dana: "Tomé yo la iniciativa"

Valencia
Publicada
Actualizada

La jueza de la dana ha rechazado este lunes la petición de Liberum, una acusación popular personada en la causa, de que el presidente del PP Alberto Núñez Feijóo aporte su teléfono móvil al juzgado para realizar una pericial informática que verifique la autenticidad de los whatsapps que intercambió con el expresidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, el 29 de octubre de 2024.

El presidente del PP remitió el pasado 24 de diciembre a la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Catarroja, Nuria Ruiz Tobarra, un acta notarial que contenía la transcripción de los mensajes que recibió del exjefe del Consell el día de la riada. Días más tarde, el 2 de enero, el líder popular remitió un documento complementario en el que se incluían sus mensajes a Mazón aquella jornada.

Tras la comparecencia del pasado viernes de Feijóo por videoconferencia en calidad de testigo, Liberum presentó un escrito en el que pedía al líder del PP que aportara su terminal para que se pudiera realizar una pericial que permitiera "acreditar el verdadero contenido de la prueba aportada y, por consiguiente, la puesta a disposición judicial".

Según la acusación, el acta notarial sólo daba "fe de visibilidad" y no constituía una certificación de la autenticidad, integridad o autoría material del contenido de los mensajes. En este sentido, advertían que la aportación de los mensajes no incluía capturas de pantalla de la conversación.

La jueza recuerda que el líder del PP es un testigo, no un investigado, "lo que supone descartar esa petición de raíz".

En otro auto, la magistrada ha desestimado también llamar a declarar al diputado y portavoz de ERC en el Congreso de los Diputados, Gabriel Rufián. La petición fue solicitada tras su interrogatorio en la Cámara Baja a la exconsellera Salomé Pradas, al final del cual le hizo entrega de un trozo de cuerda que, según dijo, estuvo sujetando a una niña china que finalmente falleció en la riada.

La petición a la jueza para que citase a Rufián como testigo -y a los padres de la menor fallecida- se fundamentaba precisamente en este objeto, en cómo lo obtuvo y quién se lo facilitó, y para que precisase las circunstancias en las que se produjo el fallecimiento del que habló a la exconsellera, investigada en esta causa penal.

La instructora, que ya rechazo esta petición, sostuvo entonces que los padres no debían explicar por qué dicho trozo de cuerda se encontraba en poder de dicho diputado.
"Están en su perfecto derecho de entregárselo a quien estimen pertinente. El trozo de cuerda no constituye prueba, su cuerpo fue encontrado. Las circunstancias en las que murió fueron ya narradas, no solo por su familia, sino por una testigo, que resultó lesionada y que, pese a todos sus esfuerzos, no pudo salvarla", sostuvo el auto. 

Ahora, en respuesta al recurso contra la primera negativa, insiste: "Ni es procedente la unión a esta causa como pieza de convicción del trozo de cuerda, ni la realización de una pericial que analice la existencia de restos biológicos".
"Saber cómo falleció la menor no hace preciso el análisis de un posible ADN que pudiera obtenerse de la cuerda, y carece de sentido igualmente efectuar una pericial física y hidrológica. Nadie duda sobre como falleció. Ninguna de las partes", agrega. 

La jueza añade, además, que en el recurso de reforma "no se ha despejado la incógnita sobre qué supuestos delitos habilitarían la realización de una exposición razonada -previa a su citación- por esta juez respecto del diputado Gabriel Rufián".