Mónica Oltra en una imagen de archivo.

Mónica Oltra en una imagen de archivo. EFE

Valencia

El juez deniega la apertura de juicio oral a Mónica Oltra: "Nadie debe ser juzgado sin indicio de criminalidad"

Cumplidos los tres años de la dimisión de la exvicepresidenta de la Generalitat, el instructor sobresee la causa por segunda vez para ella y los otros 14 acusados.

Más información: La Fiscalía no ve "infracción criminal alguna" en la gestión de Oltra de los abusos de su exmarido a una menor tutelada

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El juzgado de Instrucción número 15 de Valencia ha denegado la apertura de juicio oral a la exvicepresidenta de la Generalitat, Mónica Oltra, y a los otros 14 acusados en el caso sobre la gestión de la Generalitat de los abusos sexuales de su exmarido a una menor tutelada. 

El juez instructor ha decidido sobreseer el procedimiento sobre todos ellos. Algo que ya ocurre por segunda vez desde que finalizó la investigación. 

Se da la circunstancia de que el 21 de junio se cumplieron tres años desde que Oltra dimitió. Pero pese al archivo del juez, acabará previsiblemente sentada en el banquillo ante la evidente discrepancia que el magistrado mantiene con la Audiencia Provincial de Valencia. 

El juez, en el auto conocido este viernes, "coincide plenamente con el criterio" de la Fiscalía, que no ve hechos constitutivos de infracción penal en la actuación de Oltra.

"Pero es que, además, no existe absolutamente ningún indicio de que cualquiera de los acusados haya llevado a cabo hechos penalmente relevantes", afirma.

"Las acusaciones, particular y populares se basan en meras conjeturas o sospechas, no susceptibles de convertirse en prueba de cargo alguna. Estimo que nadie debe ser juzgado sin que exista un solo indicio racional de criminalidad contra el mismo y, en conciencia, reitero que no los aprecio en la conducta de los encausados", argumenta.

Ello debe conducir, "necesariamente y de nuevo", remarca, al sobreseimiento provisional de la causa respecto a todos los encausados, "algunos de los cuales ni siquiera han sido acusados".

Por otro lado, el titular de Instrucción 15 señala que hace hincapié en el hecho de que las partes acusadoras "introducen en sus escritos de acusación determinados hechos que no se ajustan a los hechos recogidos en el auto por el que se ordenaba la prosecución de la causa en su fase intermedia, que reproducía literalmente los que se expusieron en el auto de sobreseimiento provisional de la misma y que no han sido modificados por resolución alguna".

La Audiencia reabrió

Fue hace un año cuando la Audiencia de Valencia reabrió la causa después de que el juez la archivara. Éste último consideró que no se sostenían racionalmente las acusaciones contra los investigados.

Tras las diligencias practicadas, dijo, lo que en un principio pudieron ser indicios se habían "desvanecido" y eran "meras sospechas, conjeturas o elucubraciones". Por ello, descartó la comisión de los delitos de prevaricación administrativa, abandono de menores y omisión del deber de perseguir delitos.

Los magistrados de la Audiencia, por contra, consideraron que no puede "descartarse claramente" la existencia de infracción penal y que concurrían indicios suficientes para encausar a los investigados.

Después de eso, el instructor propuso enjuiciar a Oltra -emitió el auto de procedimiento abreviado- por "imperativo legal". Una fórmula usada para evidenciar la discrepancia. 

Entonces se presentaron diversos recursos por parte de algunos acusados, que la Audiencia rechazó recientemente. Las partes se tenían que pronunciar. Las acusaciones pidieron prisión mientras la Fiscalía no veía delito. 

El juez, ahora, ha vuelto a archivar y deniega el juicio. Pero lo previsible es que se recurra y la Audiencia ordene la apertura de juicio, que el instructor tendrá que dictar -de nuevo, seguramente, "por imperativo legal"-. 

A continuación habrá de fijarse fecha del juicio. Toda una serie de pasos que dilatarán este proceso entre el presente año y el próximo.