El jefe de Climatología de la Aemet, José Ángel Núñez, tras su declaración ante la jueza. Rober Solsona / Europa Press

El jefe de Climatología de la Aemet, José Ángel Núñez, tras su declaración ante la jueza. Rober Solsona / Europa Press

Valencia

La jueza de la dana incorpora como prueba la grabación del Cecopi que hizo el jefe de Climatología de la Aemet

La magistrada considera el audio plenamente lícito y cree que no vulneraría "ni el secreto de las comunicaciones ni el derecho a la intimidad" de los participantes en la reunión. 

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La jueza de la dana ha decidido incorporar como prueba la grabación del Cecopi que realizó José Ángel Núñez, jefe de Climatología de la Aemet, la tarde de la tragedia. 

El pasado lunes, admitió en su declaración ante la magistrada que había grabado la reunión de este órgano -a la que estuvo conectado de manera telemática- durante algo más de un minuto. 

El contenido fue difundido públicamente con posterioridad. Ahora, la magistrada ha resuelto admitirla como prueba en la causa. 

En el auto, considera "plenamente lícita" esa grabación, "dado que fue realizada por uno de los intervinientes oficiales" en la reunión del Cecopi. 

Así, entiende que no vulneraría "ni el secreto de las comunicaciones ni el derecho a la intimidad" de los participantes.

En cuanto al secreto de las comunicaciones, incide en que "la utilizabilidad de ese medio de
prueba no queda supeditada a la conformidad en la grabación de todos los partícipes o
contertulios". 

Respecto al derecho a la intimidad, la jueza sostiene que no se vulneró "por el objeto sobre el que
recaía la reunión".

Se trató de un encuentro en el que, recuerda, "se debían haber adoptado las medidas para salvaguardar a la población". "No se trataban temas personales, íntimos de los intervinientes, sino actuaciones referidas a la emergencia", afirma.

"Este último aspecto, el hecho de que no se vea afectada la intimidad de los partícipes, permite la aportación al proceso de la grabación íntegra, imágenes incluidas", expone la magistrada.

"No solo el audio", prosigue, "sino la aportación parcial de un acta que no se elaboró, ni de manera escrita, ni se documentó oportunamente".

La grabación, concluye, "es un elemento de prueba que permite igualmente analizar cómo y
en qué momento se discutían las medidas destinadas a alertar a la población, núcleo de la
investigación".