Dos personas pasean junto al barranco del Poyo a su paso por Picanya, seis meses después de la dana. Efe / Manuel Bruque

Dos personas pasean junto al barranco del Poyo a su paso por Picanya, seis meses después de la dana. Efe / Manuel Bruque

Valencia LA DANA DEL SIGLO

La jueza de la dana cita como testigos a tres funcionarios de la CHJ y al jefe de climatología de la Aemet

La magistrada también cita a declarar en calidad de testigos a los alcaldes de Algemesí y de Utiel, José Javier Sanchis Bretones y Ricardo Gabaldón.

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La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Catarroja, en el marco de la investigación penal por la gestión de la dana, acuerda citar como testigos a tres trabajadores de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), al jefe de Climatología de la Aemet en la Comunitat Valenciana y a los alcaldes de Utiel y de Algemesí.

En el primero de los autos, la magistrada inadmite el ejercicio de la acción penal contra Ricardo Gabaldón, el alcalde de Utiel, solicitada en una denuncia por las hijas de una fallecida. 

La jueza considera que existe una "diferencia radical entre la Administración Local y la Autonómica al objeto de lanzar alertas a la población y la adopción de medidas de autoprotección".

En este sentido, "el análisis fragmentario de la información disponible (...) a diferencia de quienes asumían legalmente el mando de la emergencia en la Administración autonómica, quienes contaban con múltiples canales de información, impide atribuir la posición de garante, no solo al alcalde de Utiel, sino al resto de alcaldes, quienes se vieron sorprendidos, no recibieron tampoco la información precisa ni se les aconsejó sobre las medidas a adoptar", precisa la instructora.

Es por ello que concluye que la atribución "indiscriminada" de responsabilidad penal en los fallecimientos a cualquier autoridad o funcionario público, y en especial de las autoridades locales "ha de descartarse de plano". Por el contrario, la jueza sí acuerda que el alcalde de Utiel declare en calidad de testigo.

En una providencia, la magistrada también ha aceptado recibir declaración, igualmente como testigos, al alcalde de Algemesí y a tres funcionarios de la CHJ, como había solicitado en un escrito una acusación popular que también ejerce la particular en nombre de una perjudicada.

Por otro lado, en un segundo auto, deniega diversas diligencias de investigación solicitadas por otra acusación popular, a excepción de citar como testigo al jefe de Climatología de la Aemet en la Comunitat Valenciana.

El tercer auto notificado este viernes deniega la petición de una acusación particular para que se librara oficio al Departamento de Seguridad Nacional para que aportaran todos los informes que pudo haber emitido dicho órgano el 29 de octubre de 2024, por considerarla "una diligencia innecesaria" en la instrucción de esta causa.

En el cuarto auto, la jueza desestima el recurso de reforma interpuesto por una acusación popular contra la decisión del juzgado de denegar su solicitud de identificar los vehículos oficiales utilizados entre el 29 y el 30 de octubre del pasado año por el presidente de la Generalitat y sus escoltas, así como por los dos investigados en la causa (la exconsellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, y el exsecretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso).

Finalmente, el quinto auto deniega la solicitud de una acusación particular que pretendía que el juzgado propusiera al Instituto de Medicina Legal (IML) de Valencia que determine entre las secuelas psíquicas la posible existencia de unas patologías concretas, sin perjuicio de la documentación médica que los solicitantes quieran aportar.

La magistrada recuerda que los peritos del IML ya realizan "un examen exhaustivo y ponderado de los padecimientos o patologías de las personas sometidas a examen".

En esta resolución también rechaza la obtención de las llamadas de emergencias efectuadas a la Policía Nacional, Guardia Civil y a Policías Locales, así como la realización de un informe pericial sobre la "supuesta falsedad" de una fotografía en la que aparece el presidente de la Generalitat entrando el 29 de octubre en el Cecopi, ya que el juzgado no tiene ninguna competencia respecto a dicho análisis al no haber sido aportada la imagen en el procedimiento.