La exvicepresidenta del Gobierno valenciano, Mónica Oltra, y su abogado.

La exvicepresidenta del Gobierno valenciano, Mónica Oltra, y su abogado. EFE / MANUEL BRUQUE

Valencia TRIBUNALES

Ni abandono de menores ni prevaricación: la Fiscalía apoya ahora el archivo de la causa contra Mónica Oltra

El fiscal destaca que no existía en el momento de los hechos un protocolo de actuación ante estos casos.

16 mayo, 2024 11:14
Valencia

Mónica Oltra está a un paso de lograr el archivo definitivo del caso que la obligó a dimitir de todos sus cargos en junio de 2022 después de que el fiscal haya rechazado apoyar los recursos que han presentado las acusaciones contra el cierre del caso acordado por el juzgado.

La Fiscalía provincial de Valencia ha apoyado la decisión del juez Vicente Ríos de archivar la causa abierta contra la exvicepresidenta valenciana por el supuesto ocultamiento del caso de abusos sexuales a una menor tutelada cometido por su exmarido, Luis Ramírez, quien cumple 5 años de prisión por estos hechos.

Los abusos se cometieron cuando la líder de Compromís era la máxima responsable de Igualdad, la conselleria responsable de los menores tutelados, y la niña acusó a Oltra de ocultar su caso después de que el líder de España 2000, José Luis Roberto, se ofreciera a defenderla.

[Mónica Oltra, de la imputación al archivo: las 3 claves del juez para cerrar el caso que provocó su dimisión]

Oltra estuvo imputada por los supuestos delitos de prevaricación, abandono de menores y omisión del deber de socorro. Pero en un nuevo informe aportado al juzgado a principios de mayo, consultado por EL ESPAÑOL, el Ministerio Público constata que no observa indicios de criminalidad en ninguno de los investigados.

El fiscal destaca en su informe que no existía en el momento de los hechos un protocolo de actuación ante casos como este ni obligación de llevar el asunto ante el Ministerio Público directamente.

Además, considera que la víctima -que era menor en el momento de los abusos por los que ha sido condenado el exmarido de Oltra- no informó de posibles comportamientos irregulares de las personas que la atendieron en un primer momento.

Sobre el análisis policial de los correos que se intercambiaron los más estrechos colaboradores de Oltra tras el caso de abusos, el Ministerio Público insiste en que no han aportado ninguna información relevante.

Ahora será la Audiencia Provincial de Valencia la que resuelva el fondo de este asunto y la decisión podría conocerse en verano, según apuntaron fuentes judiciales.

Cambio de criterio

El juez Ríos, quien en 2022 solicitó la imputación de Oltra al considerar inevitable su interrogatorio en sede judicial por estos hechos, acordó el pasado 2 de abril el sobreseimiento provisional del caso.

El juez detalló pormenorizadamente y de forma cronológica en la resolución los hechos acreditados durante la instrucción de estas diligencias.

Desde que la víctima sufrió los abusos sexuales continuados, entre finales de 2016 y 2017, hasta 2019, cuando la Fiscalía recibió un informe de la Conselleria realizado por el Instituto Espill relativo a la menor.

"Este magistrado ha cuestionado múltiples aspectos del proceder de los investigados en los hechos objeto de la presente causa, que se tuvieron en su momento como indicios de criminalidad para traerlos a la misma como tales", expone.

Sin embargo, tras practicar las diligencias de investigación, estimó que todos los indicios que fundamentaron en su día "las imputaciones judiciales provisionales (...) "se han desvanecido por completo". 

"No subsiste indicio racional alguno de criminalidad contra los imputados ni, en consecuencia, fundamento alguno para dictar una resolución de imputación judicial definitiva contra los mismos", precisa la resolución.

La Fiscalía apoya las consideraciones del juez. "Una cosa es que, en determinado momento de la investigación resulte clarísimamente indicada la conveniencia de oír en calidad de investigada a determinada persona (...) y otra la valoración final", recoge el escrito.

Por ello, continúa, "resulta pues hasta cierto punto falaz pretender que lo dicho en el primer trance no puede ser revaluado en otro momento, bajo la luz de una información más amplia y con unas consecuencias procesales completamente heterogéneas".

De otro modo, "el instructor quedaría bloqueado por su propio discurso previo haciendo inútil el ulterior curso de su actuación". Este cambio de criterio respecto al papel de Oltra en el caso también se ha producido en la Fiscalía.

En 2022, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) abrió diligencias al estar Oltra aforada en ese momento y la fiscal superior, Teresa Gisbert, presentó un informe en el que la acusaba de un supuesto delito de abandono de menores.

"Todos los funcionarios investigados participaron en ello: supieron de los abusos, pero ninguno denunció (comportamientos que evidencian el incumplimiento de los deberes legales de asistencia a la menor en situación de desamparo y que les estaban impuestos consecuencia de los cargos que desempeñaban), incumpliendo así su obligación legal de cuidarla, protegerla, y proporcionarle asistencia", defendió entonces la Fiscalía.

En cambio, en estos dos años, las pruebas practicadas no han hallado indicios suficientes para llevar a los investigados a juicio, es decir, ni a Oltra ni a ninguno de sus colaboradores.

La joven tutelada mientras su abogado atiende a los medios en los juzgados.

La joven tutelada mientras su abogado atiende a los medios en los juzgados. EUROPA PRESS

Archivo

El juez que archivó el caso es el mismo que se dirigió al TSJ de Valencia para plantear la imputación de Oltra por estos hechos.

En su último auto, justificó el cambio de criterio. "Este magistrado ha cuestionado múltiples aspectos del proceder de los investigados en los hechos objeto de la presente causa, que se tuvieron en su momento como indicios de criminalidad para traerlos a la misma como tales".

Sin embargo, tras practicar las diligencias de investigación, estimó que todos los indicios que fundamentaron en su día "las imputaciones judiciales provisionales (...) "se han desvanecido por completo". 

"No subsiste indicio racional alguno de criminalidad contra los imputados ni, en consecuencia, fundamento alguno para dictar una resolución de imputación judicial definitiva contra los mismos", precisa la resolución.