Los trabajadores religiosos extranjeros pueden ingresar a Estados Unidos legalmente a través de la visa R-1, una categoría temporal otorgada a quienes prestan servicios litúrgicos, pastorales o administrativos dentro de organizaciones religiosas sin fines de lucro. Este tipo de visa permite estancias prolongadas y, si se cumplen ciertos requisitos, también da la posibilidad de solicitar la residencia permanente, es decir, la Green Card, bajo la categoría EB-4. La Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS) ha confirmado las condiciones necesarias para realizar esta transición.
Requisitos para que los trabajadores religiosos accedan a la Green Card
Para solicitar una Green Card como trabajador religioso, se deben cumplir las siguientes condiciones oficiales establecidas por USCIS:
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Dos años de trabajo religioso previo: El solicitante debe haber trabajado a tiempo completo (mínimo 35 horas semanales) en funciones religiosas de forma continua durante los dos años previos a la solicitud.
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Pertenencia denominacional: El trabajador debe haber sido miembro de la misma denominación religiosa durante al menos los dos años anteriores a la solicitud. Este requisito asegura la continuidad y compromiso con una comunidad específica.
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Empleo en una organización sin fines de lucro: La institución que patrocina al solicitante debe tener estatus 501(c)(3) y estar exenta de impuestos federales. Además, debe demostrar su función religiosa activa dentro de Estados Unidos.
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Presentación del Formulario I-360: El proceso inicia con el Formulario I-360, que puede ser presentado por el trabajador o por la organización religiosa que lo emplea.
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Ajuste de estatus mediante el Formulario I-485: Una vez aprobado el I-360, el solicitante debe presentar el I-485 para ajustar su estatus y obtener la residencia permanente legal.
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Pruebas de sostenibilidad económica: En caso de no recibir salario, el trabajador debe demostrar cómo cubrirá sus gastos personales, ya sea mediante hospedaje provisto, apoyo de la comunidad o fondos personales.
Es importante destacar que, según USCIS, los trabajadores no ministros (por ejemplo, monjas, monjes, músicos litúrgicos o instructores religiosos) podrán seguir aplicando hasta el 30 de septiembre de 2025, gracias a una extensión del programa EB-4.
Un camino migratorio con fundamento espiritual
La ruta hacia la Green Card para trabajadores religiosos combina el compromiso espiritual con una estructura migratoria sólida. A través de la visa R-1 y el ajuste posterior a través de la categoría EB-4, Estados Unidos permite que ministros, religiosos y personal litúrgico ejerzan su vocación de forma legal y permanente.
Este permiso reconoce el aporte de estas personas a sus comunidades, y a la vez exige condiciones claras que garanticen seriedad, continuidad y respaldo institucional.