Yolanda Díaz, Ministra de Trabajo y Economía Social de España.

Yolanda Díaz, Ministra de Trabajo y Economía Social de España. Imagen de archivo

Economía

Confirmado por la ley: la empresa debe avisarte con 15 días de preaviso de un despido por causas objetivas

En un despido por causas objetivas la indemnización a recibir es de 20 días por año trabajado

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Galicia cierra el mejor marzo en afiliaciones con 1.095.875 cotizantes y con récord de paro a la baja con 114.670 personas desempleadas. Los despidos son uno de los aspectos que más preocupan a cualquier trabajador, sobre todo por el desconocimiento que gira alrededor de cada uno de los tipos que existen.

Un despido puede ser procedente, improcedente o nulo, mientras que el despido objetivo es aquel que la empresa lleva a cabo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. En este último caso existen una serie de normas y características concretas que te detallamos a continuación.

Preaviso e indemnización en un despido objetivo

El despido objetivo está regulado en los artículos 52 y 53 del Estatuto de los Trabajadores. Las causas por las que puede llevarse a cabo la extinción del contrato por causas objetivas son variadas:

  • Por ineptitud del trabajador conocida o sobrevenida con posterioridad a su colocación efectiva en la empresa
  • Por falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas operadas en su puesto de trabajo, cuando dichos cambios sean razonables
  • Por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción

El primer caso se refiere a que la empresa puede prescindir de ti si considera que no tienes las facultades necesarias para cumplir y rendir en tu puesto de trabajo.

En el segundo caso, la ley te protege. El empresario debe ofrecerte un curso dirigido a facilitar la adaptación a las modificaciones llevadas a cabo, y será tiempo efectivo de trabajo.

Respecto a la tercera opción, este puede realizarse siempre que el número de trabajadores afectados sea inferior al establecido para el despido colectivo.

En cualquier caso, cuando la empresa quiera prescindir de tus servicios por causas objetivas, se exige una "comunicación escrita al trabajador expresando la causa".

Además, junto a dicha carta se te debe entregar la indemnización correspondiente a 20 días por año de trabajo, "prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades".

Otro aspecto muy importante es que la empresa debe avisarte del despido con "un plazo de preaviso de quince días, computado desde la entrega de la comunicación personal al trabajador hasta la extinción del contrato de trabajo". De lo contrario, deben abonarte los días no preavisados en el finiquito.

Algo a tener en cuenta es que en esos quince días tienes derecho a 6 horas semanales con el fin de buscar nuevo empleo y sin perder retribución.