Yolanda Díaz en el Congreso de los Diputados. Europa Press
Ya es oficial: la empresa no puede obligarte a hacer horas extra, salvo en algunas excepciones
El artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores establece cómo deben regularse las horas extraordinarias
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Muchos trabajadores desconocen cuáles son sus derechos laborales. El Estatuto de los Trabajadores es la ley que regula las relaciones laborales en España, estableciendo los derechos y deberes de ambas partes, tanto de los empleados como de los empresarios. Aspectos como el salario, la jornada laboral o los despidos, entre otros, se regulan en este estatuto.
Imagina que llegas un día al trabajo y tu jefe o jefa te dice que debes hacer horas extras para adelantar trabajo, sin opción a negarte o a negociar cuándo realizarlas. ¿Puede hacerse esto? Según el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores, "la prestación de trabajo en horas extraordinarias será voluntaria", aunque existen algunas excepciones.
No se pueden hacer más de 80 horas extra al año
El artículo 35 de esta ley establece que "la prestación de trabajo en horas extraordinarias será voluntaria, salvo que su realización se haya pactado en convenio colectivo o contrato individual de trabajo". Esto significa que, como norma general, el empresario no puede obligarte a quedarte más tiempo ni a imponerte cuándo hacer horas extra, salvo que haya un acuerdo previo.
A su vez, las horas extra "no podrán ser superiores a 80 al año", garantizando un límite que favorezca la salud del empleado. Estas deben ser "compensadas por tiempos equivalentes de descanso retribuido" o abonadas con una cantidad que no puede ser inferior a la hora ordinaria.
No obstante, debes tener en cuenta que aquellas horas "que hayan sido compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización", no serán computadas como tal.
Esto quiere decir que si la empresa te da tiempo libre equivalente dentro de los cuatro meses siguientes, esas horas dejan de considerarse horas extra a efectos de ese límite, porque ya han sido "pagadas" con tiempo, no en dinero.
Existen algunas excepciones en las que el trabajador podría verse obligado a realizar horas extraordinarias sin consentimiento, como situaciones de fuerza mayor para prevenir o reparar siniestro u otros daños urgentes, las cuales no se computan dentro del límite anual de 80 horas.
El Estatuto establece que la jornada de cada trabajador "se registrará día a día y se totalizará en el periodo fijado para el abono de las retribuciones, entregando copia del resumen al trabajador en el recibo correspondiente", lo que garantiza transparencia y permite al trabajador controlar que sus horas extra se contabilicen correctamente.
En resumen, no puedes ser obligado a hacer horas extra salvo acuerdo previo o caso de urgencia, el total no puede superar las 80 horas anuales, y siempre debe haber compensación o pago adecuado.
Galicia, entre las comunidades que hacen más horas extra sin remunerar
Un estudio del sindicato de Comisiones Obreras (CCOO), basado en datos de la Encuesta de Población Activa (EPA), revela que en 2025 se realizaron en España 2,5 millones de horas extra no pagadas cada semana. De ese total, 122.186 horas corresponden a Galicia, situada como la sexta comunidad con mayor volumen de horas extra no remuneradas semanalmente.
En términos de número de trabajadores, en toda España 441.000 personas realizaron horas extra no pagadas cada semana, de las cuales 21.000 se encuentran en Galicia, dato que supone un 2,2% del total de la población asalariada gallega.
En ambos casos, Galicia se encuentra por detrás de Madrid, Cataluña, Comunitat Valenciana, Andalucía y País Vasco, que lideran la lista de comunidades con mayor número de horas extraordinarias no remuneradas.