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Las claves

En 2025, el Gobierno anunció una subida de la cuota de autónomos de entre 17 euros y 206 euros al mes, en función de la facturación mensual. Sin embargo, tras la reacción negativa de los trabajadores por cuenta propia y las asociaciones que los representan, el Ejecutivo dio marcha atrás.

Finalmente, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones presentó un nuevo plan en el que congelaba la cuota de aquellos que ingresan menos de 1.166,7 euros al mes y fijaba unas subidas para el resto que oscilan entre los 3 euros y los 15 euros mensuales.

Sin embargo, el colectivo no puede bajar la guardia en este 2026. Deben prestar mucha atención al calendario fiscal y entregar las tarifas correspondientes en tiempo y forma para evitar una multa de la Agencia Tributaria (AEAT) que, en los casos más graves, puede ascender hasta los 20.000 euros.

Multas entre los 100 y 20.000 euros

En el caso de que se produzca un retraso de una declaración con resultado a pagar, el recargo será más o menos elevado en función del tiempo transcurrido desde el final del plazo oficial de presentación.

En concreto, el recargo será un porcentaje igual al 1% y otro 1% adicional por cada mes completo tardío que se presente la autoliquidación.

Si el resultado de la declaración es negativo, a cero o es una exposición informativa y se presenta más tarde de lo debido, la cuantía de la sanción -según la Ley General Tributaria- depende de si ha habido requerimiento o no.

En el caso de que la AEAT no haya comenzado todavía un seguimiento oficial del caso y el implicado realice la declaración por iniciativa propia antes de que se produzca el requerimiento, la multa será de 100 euros en las declaraciones negativas y a cero, y entre 150 euros y 10.000 euros en la declaración informativa ante Hacienda.

¿Qué impuestos deben presentar los autónomos ante Hacienda?

No obstante, en el caso de que la Agencia Tributaria reclame la cuantía de la sanción, esta se duplica en comparación con el caso anterior. Es decir, 200 euros en las declaraciones negativas o a cero y límites de entre 300 euros y 20.000 euros en la declaración informativa del autónomo.

Los trabajadores por cuenta propia deben pagar ante Hacienda una serie de tributos. Además de la cuota, cuyo fin es la cotización ante la Seguridad Social, tienen que pagar el IVA y el IRPF.

El primero se entrega trimestralmente ante Hacienda con el modelo 303 y anualmente con el modelo 390 y consiste, en resumen, en que el autónomo recauda el IVA en nombre de la AEAT. El segundo, que grava la renta de las personas físicas, se presenta trimestralmente.