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Las claves

Hay que remontarse a febrero de 2024 para ver el ‘pistoletazo de salida’ de los avales ICO al 100% de la vivienda. En esa fecha, se produjo el acuerdo entre el Gobierno y el Instituto de Crédito Oficial (ICO).

Las solicitudes siguen abiertas hasta el 31 de diciembre de 2025. Y es posible que se expandan hasta 2027 si hay demanda. Una situación que parece no se está dando en la actualidad.

Según recuerda Gonzalo Bernardos, advisor de Trioteca y doctor en Economía en la Universidad de Barcelona, hasta septiembre de 2025, sólo se han concedido 7.188 avales. Por lo tanto, muy lejos de los más de 50.000 hogares previstos para el periodo 2024-2025.

“Tramitación lenta y costosa”

El profesor de la Universidad de Barcelona analiza dónde están los ‘baches’ en el camino de los avales ICO para tener tan poco recorrido. "El problema no es el escaso interés de los potenciales beneficiados, sino el de los bancos que conceden las hipotecas", afirma Bernardos.

¿Por qué apunta a las entidades financieras el economista? Desde su punto de vista, éstas priorizan otros perfiles. Y lo hacen por tres razones en concreto.

Una de ellas es la mayor solvencia de quienes piden las hipotecas sin recurrir a los avales ICO. Otra, una mejor rentabilidad futura. Y, la tercera, una menor complejidad en la tramitación.

"La concesión de este tipo de préstamos presenta una mayor complejidad que la de una hipoteca convencional, pues el ICO exige una serie de trámites burocráticos adicionales”, subraya Gonzalo Bernardos.

De ahí que añada que, “por dicho motivo, su tramitación es más lenta y costosa", ¿Resultado? “Una parte sustancial de las peticiones son denegadas y, en las aprobadas, el tipo de interés es significativamente superior al promedio del mercado”, sostiene.

Recordemos que las hipotecas con aval ICO tienen como razón de ser facilitar el acceso a la compra de la primera vivienda. ¿Cómo? Permitiendo que los bancos concedan hasta el 100% del precio de compra gracias a una garantía estatal que cubre hasta el 20% del préstamo hipotecario.

Se dirige a jóvenes menores de 35 años y familias con menores a cargo. También es importante subrayar que el aval lo gestiona la propia entidad bancaria, no el comprador, y cubre un máximo del 20% del valor de la vivienda (o hasta el 25% si tiene certificación energética D o superior).

El respaldo del Estado es válido durante los primeros 10 años del préstamo. Entre los requisitos, ser mayor de edad y tener residencia legal e ininterrumpida en España durante los últimos dos años.

También hay que destinar la vivienda como residencia habitual durante al menos 10 años y no ser propietario de otra vivienda en el momento de la solicitud (salvo excepciones).​

En el plano económico, no hay que superar los 37.800 euros brutos anuales por persona; el patrimonio neto individual no debe ser superior a 100.000 euros; y el importe de la vivienda no debe superar el máximo establecido (habitualmente, entre 200.000 y 325.000 euros según la comunidad autónoma).​