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Cuando llega el momento de hacer la declaración de la renta hay muchas personas que se enfrentan a la duda de si hay que declarar aquellos ingresos del alquiler de una vivienda

La respuesta es un 'sí' rotundo. Todos los beneficios que se obtienen del arrendamiento de un inmueble deben tributar ante Hacienda, tanto si se trata de una vivienda habitual como si se alquila de forma temporal o vacacional.

El no hacerlo, puede acarrear sanciones y recargos que, en muchos casos, superan el dinero  que se intentó ahorrar.

"Existen gastos que nos pueden deducir"

A pesar de lo que se pueda pensar, Irene Gil Alarcón, abogada y experta fiscal, recuerda en sus redes sociales que, aunque en la declaración de la renta hay que tributar por los ingresos que se obtienen del alquiler de una vivienda, "existen unos gastos que nos podemos deducir".

Estas deducciones permiten reducir la carga fiscal y pagar menos impuestos, algo que muchos contribuyentes desconocen.

Según detalla Irene, el IBI, la tasa de basuras, los gastos de reparación y conservación de la vivienda son algunos de los gastos más importantes que se pueden deducir. 

Aunque eso sí, también incluye "las cuotas de comunidad si las pagas tú, los sueldos de los que prestan servicios, como por ejemplo un portero del edificio y los gastos por hacer el contrato de alquiler".

Pero la lista no acaba ahí. Además, puedes incluir "las comisiones que te cobran plataformas como Booking o Nervian B por alquilar en sus plataformas, los contratos de seguro, incendios, robo, impago de alquiler que tengas de la vivienda, así como la amortización de la casa", puntualiza la joven.

"Ahorra 50% en tu alquiler"

Para Irene, existe una deducción que puede ser especialmente interesante. En caso de estar residiendo permanentemente en el inmueble, "puedes aplicarte una reducción del 50% de la cantidad que te quede una vez ya restados los gastos anteriores", señala.

Tal y como explica, se trata de un beneficio fiscal adicional que puedes aplicar si alquilas tu vivienda a alguien que la va a utilizar como residencia habitual; es decir, que va a vivir allí de manera permanente.

La ventaja es que, una vez que has restado todos los gastos deducibles relacionados con la vivienda, puedes aplicar una reducción del 50% sobre la cantidad restante. 

Este beneficio está pensado para fomentar el alquiler a largo plazo y no penalizar a los propietarios que ofrezcan su vivienda como hogar permanente a otras personas en lugar de destinar a alquileres turísticos o temporales.