Una de las consultas más habituales que reciben los expertos en derecho tiene que ver con las herencias y sucesiones, así como saber si es mejor opción realizar una donación o es preferible que los bienes lleguen al sucesor una vez que se produzca el fallecimiento.
En este sentido, hay quienes se preguntan si es posible donar la casa a los hijos y seguir viviendo en ella asegurándose de que no les puedan echar, una cuestión a la que responde el abogado David Jiménez en una de sus publicaciones de Instagram (@davidjimenezabogado).
El letrado afirma que sí es posible, pero que debe realizarse de la manera correcta. Destaca que una de las formas que hay de hacerlo es no donar a los hijos el pleno dominio, sino solo la nuda propiedad, reservándose así el usufructo vitalicio del inmueble.
El usufructo es un derecho que permite vivir en la vivienda sin que te puedan echar, y que además otorga incluso el derecho a alquilar esa vivienda si en algún momento se necesitan rentas adicionales, o simplemente se desea arrendar, como explica David.
De esta manera, el abogado asegura que la mejor forma de asegurarse de que nadie te podrá echar de tu casa, es donar la nuda propiedad y no el pleno dominio. En cualquier caso, aconseja analizar la fiscalidad de esta operación.
¿Donar o dejar en herencia?
En el momento de transmitir una herencia de una vivienda, es habitual que surjan algunas dudas. La herencia permite recibir el inmueble tras la muerte de su legítimo propietario, pero también en vida se puede llegar a plantear la opción de una donación.
En este sentido, conviene aclarar que no existe una opción mejor que la otra, sino que cada una de ellas tiene sus propias características y una serie de aspectos fiscales y legales a valorar. Por este motivo, es necesario conocer los aspectos negativos y positivos de cada uno.
Solo así será posible tomar una decisión informada y evitar cualquier tipo de sorpresa económica e incluso un conflicto familiar. Uno de los aspectos más importantes a tener en cuenta son los impuestos en la herencia de una vivienda.
Cuando se produce la herencia de un bien inmueble, los herederos tienen que abonar el Impuesto de Sucesiones, cuyo importe varía en función de la comunidad autónoma. En algunas de ellas hay bonificaciones que permiten reducir notablemente el tributo a pagar.
Además de dicho impuesto, los beneficiarios tendrán que abonar la liquidación de la plusvalía municipal, un impuesto que se encarga de gravar el incremento del valor del terreno desde que el bien fue adquirido por el causante hasta su fallecimiento.
El Impuesto de Sucesiones se debe liquidar en un plazo de 6 meses a contar desde la fecha en la que fallece el propietario de los bienes que forman parte de la herencia. Si el heredero no realiza el pago en este plazo, podrá incurrir en sanciones económicas que pueden alcanzar hasta un 150% de los intereses de demora de la cantidad a liquidar.
Ventajas y desventajas de la donación en vida
A diferencia de lo que sucede con la herencia, que no genera un hecho imponible hasta que se produce el fallecimiento del causante, la donación genera una tributación inmediata. El beneficiario tendrá, en primer lugar, que abonar el Impuesto de Donaciones, cuyo importe varía de la comunidad autónoma.
Además, el donante deberá tributar en el IRPF por generar una ganancia patrimonial si se ha producido un aumento en la valoración de la vivienda desde su compra, lo que puede llegar a ser un importe considerable.
Una de las tácticas utilizadas para minimizar el impacto tributario consiste en llevar a cabo la cesión de la nuda propiedad del inmueble a los hijos, como explica David Jiménez, donde los padres mantienen la facultad del usufructo.
De esta forma, los padres continuarán residiendo en la vivienda, pero no generarán unos tributos que puedan resultar tan altos como en el caso de una donación pura y simple. Sin embargo, hay algunos aspectos a tener en cuenta antes de optar por ella.
¿Herencia o donación?
Los tributos correspondientes a la herencia y a la donación son diversos y pueden variar notablemente entre las diferentes comunidades autónomas españolas. En algunas regiones como Madrid o Andalucía, las bonificaciones en el Impuesto de Sucesiones pueden hacer que heredar sea más barato que donar.
Sin embargo, en otras comunidades autónomas españolas no sucede lo mismo, y al contar con una menor bonificación, se tendrá que hacer frente a una importante carga tributaria que puede hacer que suceda precisamente lo contrario.
Teniendo esto en cuenta, es imprescindible estudiar cada caso en particular para poder encontrar aquella opción que resulte más conveniente para los interesados. En cualquier caso, antes de tomar cualquier decisión al respecto de la vivienda, se recomienda recurrir a un profesional.
Con una consulta a un asesor fiscal o acudiendo directamente a la Agencia Tributaria, se estudiará cada caso y será posible analizar las consecuencias económicas que tiene cada una de las opciones.
Una buena planificación puede ser clave para evitar cualquier contratiempo y ayudará a optimizar los costes que tendrán que afrontar los herederos. Es por ello por lo que podemos concluir que, entre dejar una vivienda en herencia o donarla, la mejor opción dependerá de las circunstancias y situación fiscal de cada familia.
