La incapacidad permanente es una situación en la que un trabajador, después de haber recibido el tratamiento médico prescrito, continúa con problemas físicos o psíquicos que reducen o anulan su capacidad laboral.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) se encarga de aprobar la incapacidad del empleado y de tramitar la prestación, aunque según el abogado Miguel Benito la "Seguridad Social cada vez deniega más solicitudes".
El fundador de Empleado Informado ha explicado un caso en el que una profesora de pintura con cáncer y fibromialgia solicitó la aprobación del certificado de incapacidad permanente y la Seguridad Social, en cambio, rechazó la petición y le contestó que podía desempeñar cualquier trabajo.
Caso real de denegación
El organismo defendía que, a su juicio y en línea con el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI), las limitaciones no eran lo suficientemente graves como para impedir que continuara con su carrera como maestra.
Acto seguido, expone el letrado, la afectada recurrió y un juez reconoció que no podía desempeñar ningún empleo y que, por lo tanto, se le concedía la incapacidad total, ya que no podía llevar a cabo ninguna profesión con esas dolencias tan acentuadas.
En consecuencia, Benito advierte de que "si estás pensando en solicitar una pensión por incapacidad permanente, no confíes únicamente en la Seguridad Social".
Sostiene que las personas con problemas físicos o mentales que tratan de obtener el reconocimiento que les permita dejar de trabajar deben informarse a conciencia. "Asesórate desde el primer momento y prepara bien la prueba pensando en el juicio", insiste.
Y añade: "La Seguridad Social está poniendo las cosas muy difíciles y hay que prepararlo todo muy bien para los juzgados".
Empleado Informado es un portal especializado en derecho laboral destinado a que los trabajadores conozcan sus derechos de primera mano. Además, bajo la figura de Benito -cara visible en los vídeos- acumula más de 2 millones de seguidores en redes sociales.
A pesar de los inconvenientes que comenta el abogado, actualmente es más sencillo a nivel legal el reconocimiento de una incapacidad permanente.
¿Por qué? Con la aprobación del artículo 93 de la Ley de Seguridad Social no es necesario acogerse inicialmente a una baja temporal para, más adelante, tener derecho a la permanente.
