Con el comienzo de la campaña de la Declaración de la Renta también lo hace la posibilidad de aplicar diferentes deducciones y beneficios fiscales para conseguir un buen ahorro. En algunas regiones españolas, como la Comunidad Valenciana, hay algunas novedades que son muy interesantes y que están enfocadas a promover la salud y el bienestar, y que hacen que sea posible deducir tratamientos de dentista.
De esta forma, los residentes en esta región tienen la posibilidad de aplicar deducciones por gastos de salud en varios casos concretos, comenzando por los gastos en el cuidado y tratamiento de enfermedades raras y crónicas de alta complejidad, con un límite de hasta 100 euros, ampliable a 150 euros en el caso de familias numerosas.
Por el cuidado de personas con daño cerebral adquirido o Alzhéimer se mantiene las mismas deducciones que en el caso anterior, mientras que, en el caso de tratamientos bucodentales no estéticos y atención a personas con patología de salud mental, se puede desgravar el 30% de los gastos, con un límite de 150 euros en ambos casos.
A estas deducciones hay que sumar la que se puede aplicar por la adquisición de cristales graduados, lentes de contacto y soluciones de limpieza, casos en los que es posible desgravar el 30% de los gatos, con un máximo de 100 euros.
Es necesario tener en cuenta que estos conceptos son compatibles entre ellos, y se pueden aplicar por contribuyente, extendiéndose a los gastos del cónyuge o familiares directos con derecho a mínimos familiares.
Este es el caso de la Comunidad Valenciana, mientras que, en otras, como la Comunidad de Madrid, aunque no existen deducciones específicas en el IRPF por gastos médicos o sanitarios, como compra de gafas, tratamientos dentales y similares, sí que se ofrecen otras deducciones de carácter autonómico interesantes.
Este es el caso de las deducciones por cuidado de ascendientes, por acogimiento no remunerado de mayores y/o personas con discapacidad, por arrendamiento de vivienda habitual o por gastos educativos.
Requisitos para poder aplicar las deducciones
Para que se puedan aplicar los beneficios fiscales mencionados, hay una serie de requisitos que se deben cumplir, y que son los siguientes:
- La suma de la base liquidable general y del ahorro no puede superar los 32.000 euros en la declaración individual o 48.000 euros en declaración conjunta.
- Para obtener el importe íntegro de la deducción, la base liquidable general y del ahorro debe ser inferior a 29.000 euros en la declaración individual o 45.000 euros en declaración conjunta. Dado el caso de que el contribuyente se encuentre en rangos superiores, la deducción se ajusta de manera progresiva.
- Los servicios deben haber sido prestados por parte de profesionales o centros sanitarios registrados de manera oficial.
Es necesario presentar factura y justificante de pago. - Desde la Agencia Tributaria se puede solicitar un informe médico en el que se clasifique el gasto dentro de las categorías deducibles.
- Si dos contribuyentes declaran la misma deducción por un familiar, se prorrateará el importe total entre ambos.
¿En qué casilla se ponen los gastos médicos?
Las facturas de dentistas y otros gastos similares son consignados en el mismo lugar en la declaración de la Renta, que son en las deducciones autonómicas. Es habitual que pasen desapercibidas o que incluso se lleguen a olvidar, por lo que nunca está de más conocer la forma en la que se debe hacer.
Los contribuyentes residentes en Cantabria, Canarias y Comunidad Valenciana son los que pueden disfrutar de estos beneficios fiscales. En el caso de los residentes en el archipiélago canario, pueden aplicar una deducción por gastos de enfermedad que deberán anotar en la casilla 940. En ella se colocará la suma de estos importes:
- El 12% de los gastos y honorarios profesionales abonados durante el año por la prestación de servicios realizados por profesionales médicos o sanitarios, a excepción de farmacéuticos, con motivo de la prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades, salud dental, embarazo, nacimiento de hijos, accidentes e invalidez. S
- El 12% de los gastos originados por la compra de aparatos y complementos, como gafas graduadas y lentillas, que dadas sus características solo se puedan destinar a suplir deficiencias físicas de las personas.
El importe total de la deducción tendrá como límite los 500 euros en la declaración individual y de 700 euros en la conjunta, que podrán aumentarse en 100 euros cuando el contribuyente sea una persona con discapacidad igual o superior al 65%.
En Cantabria, esta deducción se debe anotar en la casilla 954, teniendo los contribuyentes la posibilidad de decir el 10% de los gastos abonados durante el año para el disfrute de servicios sanitarios con motivo de enfermedad, salud dental, embarazo y nacimiento de hijos, accidentes e invalidez, siempre que los honorarios no estén cubiertos por la Seguridad Social, Mutua o entidad aseguradora.
El límite se cifra en 500 euros para la tributación individual y 700 euros para la conjunta, que se incrementarán en 100 euros en cuando sea una persona con un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
En la Comunidad Valenciana, con las características ya comentadas y los correspondientes requisitos, los gastos a deducir se computan en la casilla 1959.
De esta manera, en estas tres comunidades autónomas, los gastos del dentista y otros gastos por servicios médicos se pueden deducir para poder disfrutar de un resultado más favorable en la declaración de la Renta 2024.
