Durante el primer semestre de 2025, se produjeron 582 nacimientos menos respecto al mismo periodo de 2024 Sevilla
Confirmado por la Junta de Andalucía: las familias se podrán deducir hasta 400€ en la renta por cada hijo nacido
La medida beneficia, además, las adopciones, los acogimientos y apoya a municipios despoblados.
Más información: Sevilla duplica en una década los nacimientos de madres mayores de 45 mientras ve caer los partos en menores de 25
El nacimiento o la adopción de un hijo marca un antes y un después en la vida familiar. También marca un impacto en la economía del hogar.
La Junta de Andalucía confirma ahora una nueva deducción fiscal que busca aliviar ese esfuerzo y apoyar a las familias andaluzas en un contexto de caída de la natalidad.
El gobierno andaluz oficializa una deducción autonómica en el IRPF de hasta 400 euros por cada hijo nacido, adoptado o acogido.
La medida se aplica en la cuota íntegra autonómica del impuesto sobre la renta de las personas físicas y entra en vigor en el periodo impositivo en el que se produce el nacimiento, la adopción o el acogimiento,
La deducción general alcanza los 200 euros por cada hijo o menor en régimen de acogimiento familiar simple, permanente o preadoptivo, tanto administrativo como judicial.
Hasta 400€
La cuantía se eleva hasta los 400 euros cuando el contribuyente reside en un municipio con problemas de despoblación, según confirma la Junta de Andalucía.
La norma también contempla un incremento adicional en los casos de partos, adopciones o acogimientos múltiples. En estas situaciones, la deducción aumenta en 200 euros más por cada hijo o menor, lo que eleva de forma significativa el beneficio fiscal para las familias afectadas.
La Junta limita el acceso a esta deducción a los contribuyentes con rentas medias y bajas. Podrán aplicarla quienes no superen los 25.000 euros en la suma de las bases imponibles general y del ahorro en tributación individual, o los 30.000 euros en tributación conjunta.
Cuando dos contribuyentes tengan derecho a la deducción, ambos deberán repartir el importe a partes iguales.
Incompatibilidades
La medida establece varias incompatibilidades. La deducción no se puede aplicar junto a la deducción autonómica por adopción internacional ni junto a la deducción por familia numerosa.
En el caso de acogimiento familiar, solo podrá beneficiarse el contribuyente que no haya recibido ayudas de la Junta de Andalucía vinculadas a ese acogimiento.
Además, el menor deberá convivir con el beneficiario al menos 90 días durante el periodo impositivo. La norma excluye el acogimiento preadoptivo cuando la adopción se formaliza en ese mismo año, sin perjuicio de la deducción por adopción.
Este incentivo fiscal llega en un momento marcado por el descenso de la natalidad en la capital de Andalucía. Según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), en 2024 nacieron 14.103 bebés en la provincia de Sevilla. En el primer semestre de 2025, hubo 582 nacimientos menos que los registrados en el mismo periodo de 2024.
En 2014, el número ascendía a 20.177 nacimientos. La caída acumulada alcanza el 30,10%, una tendencia que refuerza el objetivo de la Junta de apoyar a las familias y fijar población en el territorio.