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La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago de Compostela, ha condenado a diez años y medio de prisión a una cuidadora por agredir sexualmente a una menor nacida en 2007 durante el curso escolar 2018/2019.

Según el tribunal, la acusada aprovechó que la víctima quedaba bajo su cuidado para cometer los hechos "de manera reiterada y repetida en el tiempo".

La Sala considera a la acusada autora de un delito continuado de agresión sexual a menor de 16 años, recogido en el artículo 181.1 y 3 del Código Penal, en la redacción más favorable para la acusada tras la Ley 10/2022, aplicando además el subtipo agravado del artículo 192.2.

Además de la pena de prisión, se le impone la prohibición de aproximarse y comunicarse con la víctima durante 15 años, cinco años de libertad vigilada y la inhabilitación para cualquier profesión u oficio con contacto con menores durante cinco años, periodo que supera la duración de la pena de cárcel.

La sentencia subraya que la acusada tenía la guarda y atención de la menor mientras sus familiares trabajaban, y que la declaración de la víctima posee "suficiente solidez, fuste y eficacia probatoria" para destruir la presunción de inocencia.

Según los magistrados, esta declaración se complementa con el resto de pruebas presentadas durante el juicio, lo que permite formar una convicción fundada y sin dudas razonables sobre la perpetración de los hechos.

Además de las penas privativas de libertad y de las medidas de protección de la menor, la Audiencia Provincial impone a la condenada el pago de una indemnización de 25.000 euros, por el "sufrimiento anímico y emocional de la menor" derivado del delito.

Al calcular la cantidad, el tribunal tuvo en cuenta la naturaleza de los hechos, la duración de los mismos y el impacto actual sobre la víctima.

La sentencia no es firme y la acusada aún puede presentar recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).